viernes, marzo 29, 2024
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7 cosas que debes saber si la Profepa visita tu planta





De acuerdo con el Programa para Contigencias Ambientales Atmosféricas de la Comisión Ambiental de la Megalópolis (Came), las industrias deben reducir la cantidad de emisiones contaminantes entre 30 y 40% en Fase I y en 50% en Fase II. Hasta el momento, la instancia federal ha dado a conocer sanciones para cinco empresas por evitar la inspección.

“Es importante hacer énfasis en que la Profepa emite estas órdenes de inspección para el cumplimiento del cuidado ambiental en materia de emisiones. Por lo que a las empresas se les harán observaciones de operación y mantenimiento de las plantas”, dijo en entrevista con Manufactura.mx el subprocurador jurídico de la Profepa, Gabriel Calvillo.

Por disposición oficial, la Profepa envía a dos inspectores para cerciorarse de que las empresas cumplan con la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) y su Reglamento en materia de Prevención y Control de la Contaminación de la atmósfera.

El funcionario señaló que en caso de ser visitados, los dueños de las industrias deben tomar en cuenta los siguientes puntos:

  1. Las visitas de los inspectores se realizan bajo dos criterios: la denuncia ciudadana y órdenes aleatorias que emite la misma procuraduría.
  2. Los inspectores están adscritos a la Profepa y su principal función es documentar las deficiencias u observaciones que haya en las empresas. El perfil de estos funcionarios es el de ingeniero químico o ingeniero industrial.
  3. Una inspección es realizada por medio de una orden escrita y firmada por la Delegación Zona Metropolitana y por la Dirección General de Inspección de Fuentes de Contaminación, ambas dependientes de la Profepa.
  4. Si una empresa se niega a la revisión de su complejo, la Profepa turna la orden al Ministerio Público Federal y se pide una orden de cateo a un juez, con la cual ya no sólo se revisan aspectos medioambientales, sino  también administrativos.
  5. Las sanciones para las compañías que incumplan las disposiciones ambientales consisten en: una clausura temporal, recurso sancionatorio o una resolución administrativa.
  6. Si la industria recibe una sanción económica, las multas pueden ser desde los 20,000 hasta los 4 millones de pesos. Los recargos son acumulables y se suman de acuerdo con los incumplimientos que las industrias generen.
  7. La Profepa advierte que dentro de su catálogo de sanciones están: la clausura total de un complejo, el aseguramiento de equipo, o la reparación del daño en caso de que una fábrica contamine un ecosistema.


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