Etiqueta: Economía Mexicana

  • Estados Unidos retiró el bloqueo a las exportaciones de jitomate de dos empresas mexicanas

    Estados Unidos retiró el bloqueo a las exportaciones de jitomate de dos empresas mexicanas

    Se ha levantado la sanción comercial de Estados Unidos contra dos empresas mexicanas, a las que se les impidió exportar jitomate a dicho mercado, aunque todavía continúan las investigaciones.

    El 21 de octubre pasado, la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP en inglés) informó que tomó la decisión de bloquear el comercio de jitomate de las compañías mexicanas Agropecuarios Tom, SA de CV, y Hortícola SA de CV, y sus subsidiarias, con el argumento de que incurren en prácticas de trabajo forzoso.

    Sin embargo, la sanción comercial únicamente aplicó para unos embarques de mercancía en específico de esas empresas, pero al presente se ha levantado esa disposición en lo que continúan las investigaciones, según un reporte publicado por el diario El Universal.

    Las autoridades norteamericanas actuaron precipitadamente al frenar las exportaciones de jitomate de Agropecuarios Tom, SA de CV, y Hortícola SA de CV, ya que no agotaron las investigaciones respecto a los señalamientos sobre las prácticas de trabajo forzoso, aseguró Manuel Cázares, vicepresidente nacional del Sistema Producto Tomate.

    Ambas compañías no tuvieron oportunidad de defenderse, lo cual constituye una irregularidad de procedimiento, dijo el representante empresarial, quien aclaró no obstante que las investigaciones sobre las dos empresas siguen en curso.

    Hace un mes, CBP difundió un comunicado sobre el bloqueo del comercio de las dos empresas mexicanas, en el cual aseguró que se han identificado cinco indicadores de trabajo forzoso, con base en los criterios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y que consisten en engaños, retención de salarios, servidumbre por deudas, condiciones abusivas de vida y de trabajo, así como abuso de la condición de vulnerabilidad de los trabajadores.

    CBP sustentó legalmente esta determinación en el título 19, de la sección 1307 de las leyes federales de Estados Unidos, que prohíbe la importación de bienes fabricados, total o parcialmente, por empresas que empleen a convictos y a personas sujetas a trabajo forzoso, incluidos los menores de edad. 

    Fuente:

    Fortuna y Poder-https://marcomares.com.mx/economia/estados-unidos-retiro-el-bloqueo-a-las-exportaciones-de-jitomate-de-dos-empresas-mexicanas/

  • La SHCP publica en el DOF la Novena reforma a las RGCE 2020

     

    La SHCP publica en el DOF la Novena reforma a las RGCE 2020

    Hoy se publicó en el DOF una resolución con modificaciones a las reglas generales de comercio exterior para 2020 e incluyen modificaciones al LDA.

    La Secretaría de Hacienda a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó hoy una serie de modificaciones a las reglas de comercio exterior para el próximo año.

    Mismas que incluyen modificaciones sustanciales a las disposiciones para obtener el permiso de entrada o salida de mercancías en Lugares Distintos al Autorizado (LDA).

    El 22 de septiembre de 2021, el SAT dio a conocer en su portal la “Primera versión anticipada a la Novena Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior –RGCE– 2020, a través de la cual se anunció la prórroga, hasta el 1o. de enero de 2022, de las obligaciones relacionadas con el CFDI con complemento carta porte impuestas en la Séptima reforma del 11 de junio de 2021.

    Por una parte, se pretende reformar las reglas:

    • 2.4.1., para establecer los requisitos adicionales que deberán observar las personas morales interesadas en obtener la autorización para el despacho en lugar distinto al autorizado, o, en su caso, la prórroga de la misma, entre ellos están:
      • acreditar que cuentan con:
        • concesiones, permisos, autorizaciones, asignaciones o contratos para llevar actividades de trasvase, almacenamiento, transporte, compresión, descompresión, regasificación, licuefacción, y cualquier otra regulada, vinculada a la importación o exportación de la mercancía
        • controles e instrumentos de medición que faciliten identificar el peso, el volumen, la cantidad y la calidad de la mercancía a importar o exportar. En los hidrocarburos y petrolíferos, incluso mezclados con otros componentes que no provengan del petróleo o gas natural, se deberá tener los equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos (referidos en el artículo 28, fracción I, apartado B del CFF)
        • instalaciones adecuadas para el despacho aduanero, y autorizadas para el manejo, carga, descarga, transbordo o trasvase, embarque, desembarque y toma de muestras, debiéndose tener los permisos y autorizaciones relativos
        • cámaras portátiles y con un sistema de cámaras de circuito cerrado de televisión de acuerdo con los “Lineamientos para las cámaras de circuito cerrado de televisión” emitidos por el SAT, y
        • medios de control, registro y vigilancia para la entrada y salida de personas, mercancías y medios de transporte de las instalaciones
      • comprobar que sus clientes tienen permiso o autorización para realizar actividades de distribución, comercialización, transporte y expendio al público
      • tratándose de instalaciones portuarias, cumplir con el Código Internacional de Protección de Buques e Instalaciones Portuarias, y
      • otorgar al SAT, de manera electrónica, acceso directo, en línea y en tiempo real a la información de entradas y salidas de la mercancía de la instalación de que se trate, así como a los sistemas de control de inventarios
    • 2.4.2., para implementar nuevas obligaciones dentro del procedimiento para efectuar el despacho por lugar distinto al autorizado; es decir, para:
      • las personas morales autorizadas, previo al despacho, informar a la aduana respectiva, con 24 horas de anticipación, además del nombre, número de registro y fecha de arribo del buque, la lista de la tripulación y descripción de sus mercancías, para el caso de ingreso al territorio nacional, y
      • efectuar el despacho de las mercancías de importación y tránsito internacional, acompañar al pedimento la representación impresa, en papel o formato digital del CFDI con el complemento carta porte con el que se ampare el traslado de la mercancía que haya salido de las instalaciones

    Por la otra, se adicionará la regla 2.4.1.1. que contendrá las obligaciones que deberán acatarse para mantener dicha autorización, entre ellas destacan las siguientes:

    • contar, durante la vigencia de la citada autorización o prórroga, con las concesiones, permisos, autorizaciones o los contratos (para llevar actividades de trasvase, almacenamiento, transporte, compresión, descompresión, regasificación, licuefacción, etc.) vigentes
    • permitir en todo momento a las autoridades fiscales, aduaneras y a cualquier otra federal competente, el acceso a las instalaciones, los equipos e información necesarias, para llevar a cabo las revisiones y verificaciones, incluso, facilitar la revisión de las mercancías, los medios de transporte, sus conductores y su tripulación y personal en general relacionado con los contribuyentes, de conformidad con la normatividad nacional e internacional aplicable
    • grabar con cámaras portátiles o drones el arribo, despacho y salida de las mercancías, con independencia de la grabación que se realice con el circuito cerrado de televisión
    • llevar un registro de los conocimientos de embarque (Bill of Lading) o manifiestos de carga que ampare la mercancía de procedencia extranjera que se introduzca a través del lugar distinto al autorizado y de los CFDI’s con complemento carta porte con los que se ampare la mercancía que haya salido de las instalaciones, el cual deberá mantener en todo momento a disposición de la autoridad fiscal, y
    • cuando las autorizaciones concedidas se refieran a hidrocarburos y petrolíferos, incluso mezclados con otros componentes que no provengan del petróleo o gas natural, los contribuyentes deberán, además:
      • remitir, a través del portal del SAT:
        • información de controles volumétricos, de conformidad con las “Especificaciones Técnicas para la Generación del Archivo XML de Controles Volumétricos para Hidrocarburos y Petrolíferos” o las “Especificaciones Técnicas para la Generación del Archivo JSON de Controles Volumétricos para Hidrocarburos y Petrolíferos”, según corresponda, y la Guía de llenado de las Especificaciones Técnicas para la Generación del Archivo XML o JSON mensual de Controles Volumétricos para Hidrocarburos y Petrolíferos, publicadas en el portal del SAT, a más tardar en los primeros tres días naturales del segundo mes posterior al mes al que corresponda la información, y
        • dictamen emitido por perito con el que se determine el tipo y calidad del hidrocarburo o petrolífero importado o exportado de que se trate, y el octanaje en el caso de la gasolina, cumpliendo con las características referidas al efecto, y
      • presentar, a más tardar el 1o. de abril de cada año, el dictamen de calidad que corresponda a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) para acreditar la calidad de las mercancías en términos de la regulación nacional vigente, así como el contrato celebrado vigente o certificado expedido con los laboratorios extranjeros registrados ante la Secretaría de Economía, o laboratorios autorizados por la CRE

    Asimismo, se reforma la ficha de trámite 48/L “Autorización y prórroga para la entrada o salida de mercancía de territorio nacional por lugar distinto al autorizado” del Anexo 1-A de las RGCE 2020.

    La resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF y su contenido surtirá sus efectos en términos de la regla 1.1.2.

    Con estos cambios, comentó Julia González, asociada del despacho González Calvillo,

    “Lo que es una decisión que se aplaude pues se trataba de una medida claramente discriminatoria para los particulares”

    “Sin embargo, debe resaltarse que se incluyeron requisitos adicionales para obtener las autorizaciones en materia de hidrocarburos y productos petrolíferos”, dijo González.

    “Para los efectos de los artículos 10, segundo párrafo de la Ley y 11 del Reglamento, las personas morales interesadas en obtener la autorización para la entrada o salida de mercancías del territorio nacional por lugar distinto al autorizado o, en su caso, la prórroga de la misma, podrán solicitar autorización, de conformidad con la ficha de trámite 49/LA del Anexo 1-A”.

    Estas reglas aplican para los hidrocarburos, productos petrolíferos, incluso mezclados con otros componentes que no provengan del petróleo o gas natural, incluidos en el Anexo 14, incluyendo los listados en los Sectores 12 “Alcohol Etílico” y 13 “Hidrocarburos y Combustibles”, del Apartado A, del Anexo 10. 

    En el caso de las mercancías de la fracción I, inciso a) a que se refiere la presente regla, no se podrá efectuar el trasvase directo a pipas o autotanques, únicamente se deberá hacer por medio de ductos o para almacenamiento.

    Acreditar que sus clientes cuentan con permiso o autorización de las autoridades competentes para realizar la distribución, comercialización, transporte, expendio al público y cualquier otra actividad regulada vinculada a la importación o exportación de las mercancías.

    Acreditar que cuentan con controles e instrumentos de medición que faciliten identificar el peso, volumen, cantidad y calidad de las mercancías que se importarán o exportarán. Tratándose de los hidrocarburos y petrolíferos, incluso mezclados con otros componentes que no provengan del petróleo o gas natural, a que se refiere el inciso a) de la fracción anterior, se deberá contar con los equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos a que se refiere el artículo 28, fracción I, apartado B del CFF.

    Acreditar que las instalaciones en que se llevarán a cabo las operaciones por las que se solicita la autorización son adecuadas para realizar el despacho de las mercancías y se encuentran autorizadas para el manejo, carga, descarga, transbordo o trasvase, embarque, desembarque y toma de muestras de las mercancías a importar o exportar, para lo cual cuentan con los permisos y autorizaciones de la Secretaría de Energía, la Comisión Reguladora de Energía, la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos y la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, así como que cuentan con accesos y edificaciones necesarias para que las autoridades competentes realicen las revisiones conducentes y que cuentan con el equipo de seguridad que se requiera a efecto de proporcionarlo a las autoridades supervisoras para el desarrollo de su labor.

    Otorgar al SAT, de manera electrónica, acceso directo, en línea y en tiempo real a la información de entradas y salidas de la mercancía de la instalación de que se trate, así como a los sistemas de control de inventarios.

    Acreditar que cuentan con cámaras portátiles y con un sistema de cámaras de circuito cerrado de televisión de acuerdo con los “Lineamientos para las cámaras de circuito cerrado de televisión”, emitidos por el SAT, incluyendo la infraestructura y equipamiento necesario para que las autoridades puedan realizar la consulta a las cámaras de circuito cerrado en tiempo real, así como conservar y tener a disposición de la autoridad aduanera las grabaciones realizadas, por un periodo mínimo de 60 días hábiles.       Las cámaras a que se refiere este inciso deberán garantizar la visibilidad de las áreas utilizadas para carga, descarga, entradas y salidas de las instalaciones en todo momento.

    Acreditar que cuentan con medios de control, registro y vigilancia para la entrada y salida de personas, mercancías y medios de transporte de las instalaciones.

    Respecto a las mercancías a que se refiere la fracción I, inciso a) de la presente regla, contar con el visto bueno de la AGCTI, desde el punto de vista técnico de que se cumplen los requisitos a que se refiere esta regla y la ficha de trámite 49/LA del Anexo 1-A.

    Acreditar que, tratándose de instalaciones portuarias, éstas cumplen con el Código Internacional de Protección de Buques e Instalaciones Portuarias.

    Tratándose de prórrogas, presentar, el contrato celebrado con los laboratorios extranjeros registrados ante la Secretaría de Economía o laboratorios autorizados por la Comisión Reguladora de Energía, según corresponda, para acreditar la calidad de la mercancía en términos de la regulación nacional vigente, así como los informes de calidad de los productos que corresponden a las operaciones realizadas durante la vigencia de la autorización para la entrada o salida de mercancías del territorio nacional por lugar distinto al autorizado que se pretende prorrogar.              

    Las empresas productivas del Estado, organismos subsidiarios y/o empresas productivas subsidiarias que por medio de ductos realicen el tránsito de petróleo crudo, productos petrolíferos, y petroquímicos y sus especialidades, gas y sus derivados, previstos en la Ley de Hidrocarburos y en el Reglamento de las Actividades a que se refiere el Título Tercero de la Ley de Hidrocarburos, que hayan obtenido la autorización a que se refiere la presente regla, para destinar dichas mercancías al régimen de tránsito internacional, deberán iniciar y concluir sus operaciones en los lugares que cuenten con la autorización utilizando la ruta de transporte señalada en la propia autorización y efectuar su traslado dentro de los plazos establecidos en el Anexo 15, al cual se le sumarán 2 días por motivos de almacenaje en el lugar de arribo, computados a partir del día siguiente a aquél en que se concluya la descarga, con independencia de lo anterior, deberán contar con el permiso de transporte de hidrocarburos o petrolíferos vigente expedido por la Comisión Reguladora de Energía.

    PARA AMPLIAR INFORMACIÓN HAZ CLICK AQUÍ

    Fuente:

    DOF, Con información de IDCOnline y oilandgasmagazine-(https://idconline.mx/comercio-exterior/2021/11/22/novena-reforma-a-las-rgce-2020)(https://www.oilandgasmagazine.com.mx/publican-modificaciones-a-las-reglas-de-lda/) 

  • México-Alemania, una relación económica consolidada

    México-Alemania, una relación económica consolidada

    El acuerdo de cooperación económica entre ambos países para el intercambio de mercancías ha sido favorable

    La relación entre México y Alemania se ha ido consolidando con el paso de los años, hasta llegar a lo que actualmente es, en donde los acuerdos de cooperación económica que han adaptado para el intercambio de mercancías han sido favorables.

    El acuerdo comercial más importante que han firmado ambas naciones es el Tratado de Libre Comercio entre México y la Unión Europea (TLCUEM) en el año 2000, con el que se incrementó significativamente el intercambio comercial.

    Cifras del Ministerio Federal de Economía y Energía de Alemania refieren que en el 2020 las exportaciones alemanas a México sumaron los 11 mil 300 millones de euros, mientras que las importaciones representaron 7 mil 800 millones de euros.

    Así, México se convirtió en el principal socio comercial de América Latina y Alemania el principal destino de las ventas de nuestro país en la Unión Europea.

    En 2015, según cifras de la Embajada de México, el total del comercio bilateral de ambas naciones fue de 17 mil 500 millones de dólares, es decir, una cifra mayor que el del comercio de México con Francia, Italia y Gran Bretaña, que en total fue de 16 mil 900 mdd, con lo que se alcanzó casi el 40% del comercio total de México con la UE.

    El intercambio

    Hasta antes de la pandemia, los productos principales que importaba México de aquel país europeo eran máquinas y artefactos mecánicos, lo que representaba una participación de un 26.9% del total, de acuerdo con la investigación de un medio de circulación nacional.

    También forman parte de la lista de importaciones:

    • Automóviles, tractores, autopartes, accesorios 17.8%
    • Aparatos y material eléctrico 15.3%
    • Plástico y sus manufacturas 5.7%
    • Aparatos de óptica, fotografía y cinematografía 5.1%

    ¿Y México?

    • Hasta el año pasado, nuestro país se configuró como el noveno proveedor de vehículos a Alemania
    • México es el principal abastecedor de miel natural de aquel país a nivel mundial
    • Se exporta el 3% de aparatos eléctricos de telefonía a ese país
    • Los automóviles son los productos más exportados a Alemania

    En un reporte de 2016, la Embajada de México dio a conocer que algunas de las empresas mexicanas con presencia en Alemania estaban Cemex (materiales de construcción); Nemak, Metalsa, Grupo Alfa y Grupo Bocar (automotor); Corporación EG (insumos industriales) y Mexichem (industria química).

    Sin embargo, con la llegada de la emergencia sanitaria es necesario hacer un recuento y actualizar cifras para conocer a detalle la situación actual de la relación comercial México-Alemania.

    Este y otros temas podrás encontrarlos en la séptima edición de la Cumbre de las 1000 empresas más importantes de México, que pronto se llevará a cabo.

    Fuente:

    Viridiana Vega-https://mundoejecutivo.com.mx/2021/11/19/mexico-alemania-una-relacion-economica-consolidada/

  • Recibe APEAM reconocimiento por ser un modelo de clase mundial en la venta de productos alimenticios

    Recibe APEAM reconocimiento por ser un modelo de clase mundial en la venta de productos alimenticios

    Recibe APEAM reconocimiento por ser un modelo de clase mundial en la venta de productos alimenticios como el aguacate.

    La Asociación de Productores y Empacadores Exportadores de Aguacate de México (APEAM) ha sido premiada en el marco de los Goula Awards.

    La APEAM concursó en la categoría llamada “Mejor producto mexicano de mayor impacto internacional”. El galardón se recibió en un evento virtual en vivo, donde participaron los representantes de la industria alimenticia.

    ¿Qué son los Goula Awards, los premios donde se premió a la APEAM?

    Los Goula Awards, donde se reconoció a la APEAM, son un prestigioso reconocimiento que se le da a la industria de alimentos y bebidas que fomenta las buenas practicas de negocio en México.

    Estos premios tienen el objetivo de destacar aquellos productos alimenticios que ayudan al crecimiento económico y el fortalecimiento de la industria.

    Cabe destacar que la APEAM, concursó junto con 215 proyectos de más de 110 empresas, las cuales provenían de 29 estados de la República Mexicana.

    Además de reconocer a la APEAM, se otorgaron otros 15 premios en 6 distintas categorías, cuyo modelo de negocio eran un ejemplo a seguir.

    ¿Por qué se premió a la APEAM?

    La APEAM fue reconocida por impulsar acciones sustentables para permitir que la producción de aguacate no genere tanto impacto ecológico.

    Para lograr la sostenibilidad, APEAM creó los proyectos APEAM Reforesta y la alianza con la Fundación Lazos.

    Lo hecho por APEAM busca cumplir los objetivos de desarrollo sustentable que plantea la ONU, quien le ha solicitado a las empresas desarrollar nuevas estrategias que no dañen el ambiente.

    ¿Qué es la APEAM, la organización que fue reconocida como modelo de clase mundial?

    Cabe destacar que la APEAM es una de las organizaciones más importantes que hay en el país. Se fundó en 1997 y está constituida como una asociación civil sin fines de lucro

    Cabe destacar que APEAM es el único socio reconocido ante las instituciones agrícolas de México y Estados Unidos, quienes regulan la venta del aguacate en sus naciones.

    Tal es la importancia internacional de la APEAM que es uno de los socios principales de Estados Unidos en la exportación del aguacate mexicano.

    En todo México, la APEAM cuenta con más de 29, 000 productores y 965 empacadoras que realizan exportaciones a Estados Unidos, quien se ha convertido en uno de los consumidores predilectos de aguacate.

    La importancia económica de la APEAM es tal, que genera 400, 000 empleos en México y más de 30 mil en el vecino país del norte.

    Fuente:

    SDPNoticias-https://www.sdpnoticias.com/negocios/recibe-apeam-reconocimiento-por-ser-un-modelo-de-clase-mundial-en-la-venta-de-productos-alimenticios/

  • Tren bala de México a EUA: proyecto que impulsan Nuevo León y Texas

    tren bala[1]

    México podría contar en los próximos años con un tren “bala” internacional de pasajeros en el noreste del país, sin embargo, no cruzaría por Tamaulipas.

    El proyecto no es nuevo y data de la firma y de la entrada en vigor del Tratado de Libre Comercio en el año de 1994 y hoy nuevamente se busca retomar.

    Actualmente, el Gobierno de Nuevo León y autoridades de Texas, Estados Unidos, mantienen pláticas sobre el tema explicándose en la parte estadounidense se cuenta con un avance importante del tema.

    COSTO Y DISTANCIA QUE RECORRERÍA EL TREN BALA DE MÉXICO A ESTADOS UNIDOS

    De acuerdo con el proyecto, el tramo de poco más de 475 kilómetros entre la sultana del norte a San Antonio, Texas, sería desde la Vía Transit Center Station en esa localidad estadounidense hasta una nueva estación que proyecta construir en Laredo, Texas para conectar con la aduana del puente Colombia-Solidaridad, en Anáhuac, Nuevo León.

    Los estudios de factibilidad en Texas indican que el tramo de San Antonio a Laredo tiene un costo estimado de 2.7 mil millones de dólares de los cuales, mil 500 serían financiados por el Gobierno de Estados Unidos a través de su programa de financiamiento para trenes rápidos.

    TREN BALA SE ABORDARÍA EN NUEVO LEÓN

    El tramo en el territorio nacional sería entre la ciudad de Monterrey, Nuevo León hasta las inmediaciones del puente internacional Colombia cubriendo una distancia de 252 kilómetros aproximadamente.

    Actualmente no existen estudios sobre este posible desarrollo, aunque sí el interés expresado por el gobernador del estado, Samuel García para que el proyecto se concrete en su administración con el apoyo de la Federación para desarrollar el proyecto del tren “bala” internacional.

    Fuente:

    Víctor Alva-https://www.elsoldetampico.com.mx/doble-via/tren-bala-de-mexico-a-eua-proyecto-que-impulsan-nuevo-leon-y-texas-7499827.html

  • Producción automotriz en México es un riesgo de la seguridad nacional de EU, señala informe

    Producción automotriz en México es un riesgo de la seguridad nacional de EU, señala informe

    Los ahorros son resultado de los bajos salarios en México, respecto a Estados unidos

    Un informe del Departamento de Comercio de Estados Unidos ha señalado que a consecuencia de que México le ha quitado el mercado de la fabricación automotriz al país vecino del norte, por su mano de obra barata, esto ha puesto en riesgo la seguridad nacional.

    “El impacto de las importaciones excesivas en la industria nacional de automóviles y piezas de automóviles y los graves efectos resultantes del consiguiente desplazamiento de la producción en Estados Unidos están causando un debilitamiento de nuestra economía interna que puede perjudicar la seguridad nacional”, señala.

    Las empresas se instalaron en México debido a los ahorros de producción y eliminación de aranceles a raíz del Tratado de Libre Comercio de América del Norte en 1994.

    Los ahorros iban hasta por 4 mil 300 dólares en producción si la unidad era vendida en Europa o de mil 200 dólares si se comercializaba en Estados Unidos.

    Los ahorros son resultado de los bajos salarios en México, respecto a Estados unidos, en el sector automotriz y su manufactura.

    En 2016 el salario por hora para los trabajadores era de 4.65 dólares en México, en comparación con los 40.17 dólares pagados en Estados Unidos.

    “La compensación por ensamblaje de automóviles había sido aproximadamente un 80 por ciento menor en México, y la mano de obra representaba una parte considerable del costo de producción de automóviles. Estos salarios eran ligeramente superiores a una séptima parte del salario comparable en Estados Unidos”, agregó.

    El reporte agrega que entre 2011 y 2016, nueve de las 11 nuevas plantas de ensamblaje de automóviles anunciadas en América del Norte se construyeron en México.

    A partir de 2017, el número de armadoras de automóviles en Estados Unidos disminuyó a 46 plantas, mientras que en México se duplicó a 18.

    Además, desde 2010, según el Departamento de Comercio, se han invertido más de 24 mil millones de dólares en México en la industria automotriz, monto que incluye inversiones de empresas japonesas, alemanas y surcoreanas.

    Por su parte, la desaparición de aranceles aduaneros por el TLCAN permitió a los productores y proveedores de autopartes optimizar sus operaciones y trasladarse directamente a México, la ubicación más competitiva dentro de América del Norte.

    Lo anterior, porque las exportaciones de México a 46 países están exentas de aranceles de automóviles, incluido el arancel de 10 por ciento que la Unión Europea aplica a vehículos de pasajeros.

    Por lo que dicho informe ha recomendado a Biden que considere acuerdos que EU renegoció recientemente para determinar si ciertos países deben estar exentos de los aranceles propuestos, basados en un interés “primordial” de seguridad nacional.

    Fuente:

    Miguel Sagnelli-https://vanguardia.com.mx/noticias/produccion-automotriz-en-mexico-es-un-riesgo-de-la-seguridad-nacional-de-eu-senala-informe-DN1168207

  • GM amaga con dejar de invertir aquí si no hay energías limpias

    GM amaga con dejar de invertir aquí si no hay energías limpias

    La fabricante de automóviles estadounidense General Motors (GM) advirtió que si en México no existen las condiciones y el marco jurídico para la producción de energías renovables, dejará de ser un destino para la inversión y estos flujos se irán a otros países y regiones.

    El presidente y director general de GM de México, Francisco Garza Rodríguez, refirió que actualmente sólo el 27 por ciento del consumo de energía eléctrica de la compañía proviene de fuentes renovables, y su objetivo es llegar al 100 por ciento a nivel global para 2040.

    “Si no existe un marco jurídico, un marco estructural en México enfocado a la producción de energías renovables, General Motors no va a parar su visión de cero emisiones”, agregó durante la XLIX Convención Nacional del Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas (IMEF).

    Desafortunadamente, dijo, si no existen las condiciones, México ya no va a ser un destino para la inversión, porque no van a estar estipuladas las condiciones para que General Motors cumpla su objetivo de ser cero emisiones a largo plazo.

    Precisó que como las decisiones de inversión de la compañía tardan en tomarse entre cinco y siete años, “estamos evaluando que, si las condiciones no están, pues ese dólar que se iba a invertir en México, se va a Estados Unidos, a Canadá, a Brasil a China, a Europa”.

    Entonces, advirtió, México dejará de ser un destino importante para el fabricante de automóviles, “sería una pena que, si México no contempla ver un país con energías limpias, esa inversión no va a llegar”, agregó en relación a los 80 mil millones de dólares que se han invertido en el sector automotriz desde 1994, con apertura comercial a partir de la entrada en vigor del entonces Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN).

    Apuntó que General Motors decidió invertir más de mil millones de dólares en su complejo de manufacturas en Ramos Arizpe, Coahuila, para una planta de pintura con tecnología innovadora.

    Decisiones de este tamaño en el sector automotriz se toman con entre cinco y siete años con anticipación, como sería el caso de la apertura de una planta para la fabricación de vehículos eléctricos, subrayó Garza Rodríguez.

    “Hay un factor importante que va a definir el poner o no ese freno de mano (a las inversiones), un factor importante y no creo que es sólo la decisión de General Motors, sino de muchas empresas, nosotros tenemos una visión de largo plazo, de ver un mundo con cero emisiones, cero colisiones y cero congestionamientos”, acotó.

    Señaló que para que eso suceda, la compañía tiene que invertir en tres tecnologías, como en la electrificación de sus portafolios de productos, en transformar estos vehículos eléctricos a vehículos autónomos y en la interconectividad de los vehículos.

    El presidente y director general de General Motors de México mencionó que esto habla de que los sitios de manufacturas de la empresa fabricante de automóviles se tienen que convertir en sitios de cero emisiones, así como la base de su proveeduría.

    • El dato: General Motors invirtió mil millones de dólares en la construcción de una nueva planta de pintura con tecnología innovadora dentro de su complejo de manufactura en Ramos Arizpe.

    Fuente:

    La Razón Online-https://www.razon.com.mx/negocios/general-motors-amaga-invertir-mexico-460287

  • Podrían empresas de Nuevo León perder padrón de importación

    Podrían empresas de Nuevo León perder padrón de importación

    Las empresas de Nuevo León (NL) están en riesgo de perder su padrón de importadores ante las recientes cancelaciones de empresas IMMEX realizada el 9 de octubre pasado por la Secretaría de Economía (SE), dijo Juan Carlos Ramos, Socio de Comercio Exterior de la firma Servicios Aduanales Selecen.

    “El pasado 8 de octubre se publicó en el DOF el listado de las 127 empresas IMMEX canceladas por la SE, las cuales se dividieron en dos segmentos. Los que no presentaron el reporte anual de operaciones de comercio exterior del ejercicio 2020 y las que no cumplieron con alguno de los requisitos estipulados en el artículo 11 fracción III del Decreto IMMEX. De este último segmento, cabe señalar que lo más común fue la no localización de los domicilios de las empresas maquiladoras (ya sea como estatus de no localizado o con domicilios no registrados en el programa)”, explicó Ramos.

    Nuevo León es el segundo lugar a nivel nacional de empresas IMMEX canceladas durante 2021, esto representa el 13 por ciento del total de las bajas reportadas por las autoridades, mientras que Tijuana es el primer lugar con un 20 por ciento

    Con todo esto las empresas de la entidad tienen el riesgo de perder su Padrón como importadoras.

    “Pero se preguntaran cómo es posible que la SE tiene dicha información o como pueden validar este rubro, pues permítanme comentarles que la dependencia federal concilia dicha información con el SAT (área de recaudación) y verifica conforme al RFC los domicilios registrados de la compañía”, señaló el experto.

    Agregó que “de las 127 empresas reportadas 92 no presentaron el RAOCE y 35 no cumplieron el requisito del Decreto IMMEX. “Esto conlleva que las compañías perdieran el beneficio del programa IMMEX, y no podrán importar en régimen temporal”.

    Sin embargo, señaló que, habrá empresas que pensarán que no les afecta ya que estaban importando en régimen definitivo con pedimentos clave A1. Pero la realidad es otra, las empresas que ya no cuentan con el programa IMMEX también están en riesgo de perder el registro del Padrón de Importadores, esto quiere decir que tampoco podrán realizar operaciones de importación.

    “¿Seguirán exportando? si, sin embargo tampoco podrían importar mercancías, herramientas, refacciones o cualquier insumo que requieran para su proceso productivo si les cancelan dicho registro en el padrón de importadores”, precisó.

    Adicional a esto, añadió, las empresas IMMEX que estén en dicha situación al haber sido cancelados, tendrán 60 días naturales para retornar los bienes importados al amparo de su anterior programa IMMEX o bien realizar los cambios de régimen de dichos bienes (mercancías y activos fijos). Por lo cual se tendría un impacto económico en las empresas al estar realizando el pago de las contribuciones conforme al cálculo y en la liquidez o solvencia de la empresa.

    En caso de no realizar dicho proceso, la mercancía se encontraría en México con el estatus de ilegal y con las facultades de las autoridades fiscales podrían tipificarse como contrabando, ya que al no poder comprobar la legal estancia en el país de dichos bienes se podrían embargar en favor del fisco federal, acotó.

    “Se tendrán 60 días como lo establece el Decreto IMMEX en su artículo 28, para realizar dicho proceso de autocorrección, lo cual implica hacer un análisis de los bienes que están con un saldo abierto conforme al sistema de control de inventarios temporales denominado (Anexo 24), y de dicho resultado o descarga del reporte de inventarios se deberá considerar para el pago de las contribuciones.

    “¿Es un tema sencillo? no, y es que se tendrá que hacer un análisis conforme a los números de parte relacionados o declarados con cada pedimento de importación”, dijo.

    Concluyó señalando que las empresas en dicha situación podrán retornar los bienes al extranjero, “pero seamos sinceros los costos logísticos en los retornos no son muy viables y los bienes que están en la planta tienen la finalidad de producir bienes manufacturados.”

    “¿Hay una luz al final del túnel? si, de hecho se puede solicitar una ampliación del plazo (180 días naturales) para la autocorrección por única ocasión y deberá ser presentada ante las autoridades dentro del plazo de los 60 días naturales, para que lo consideren para su aprobación. Si se excede del plazo y no se presentó la solicitud estaríamos en el escenario del incumplimiento y de no comprobar la legal estancia de la mercancía en nuestras instalaciones”, concluyó Ramos.

    Fuente:

    Edgar Rivera-https://www.elfinanciero.com.mx/monterrey/2021/11/19/podrian-empresas-de-nuevo-leon-perder-padron-de-importacion/

  • En 29 años México tiene los más altos envíos agroalimentarios

    En 29 años México tiene los más altos envíos agroalimentarios

    Esto es gracias a 32 mil 753 millones de dólares de exportaciones y 27 mil 339 millones de dólares de importaciones.

    Los productos nacionales con mayor valor de exportación fueron en primer lugar la cerveza, con cuatro mil 145 millones de dólares. El tequila y el mezcal, con dos mil 384 millones de dólares, y aguacate, dos mil 187 millones de dólares.

    Sader explica que de enero a septiembre de 2021, la balanza comercial agropecuaria y agroindustrial alcanzó un superávit de cinco mil 415 millones de dólares. Y que en estos nueve meses el comercio total agroalimentario de México con sus socios comerciales alcanzó 60 mil 092 millones de dólares.

    Balanza agropecuaria y productos agroindustriales

    La balanza agropecuaria y pesquera para dicho periodo, presentó un saldo positivo de mil 046 millones de dólares. Con ventas por 14 mil 505 millones de dólares y compras al exterior por 13 mil 458 millones de dólares, pese a un mayor aumento en estas últimas.

    En el rubro de productos agroindustriales, las exportaciones alcanzaron 18 mil 249 millones de dólares y las importaciones 13 mil 880 millones de dólares, lo que refleja un superávit comercial de cuatro mil 369 millones de dólares en el lapso enero-septiembre de 2021.

    Las bebidas, hortalizas y frutas fueron los principales grupos de exportación, ya que concentraron 62 por ciento del total. Con 23, 20 y 19 por ciento de participación, respectivamente.

    Por otra parte la dependencia también detalló de manera específica, las exportaciones de productos agropecuarios y pesqueros con mayor potencial de crecimiento: miel natural de abeja, con 76.59 por ciento; cítricos, 42.07 por ciento, y frambuesas frescas, con 31.07 por ciento.

    En cuanto a productos agroindustriales, las mayores ventas al exterior fueron de tequila y mezcal, 39.40 por ciento; así como aguas y refrescos, con alza de 38.21 por ciento. Seguido de jugo de naranja congelado, con 35.05 por ciento.

    Fuente:

    Portal Frutícola-https://www.portalfruticola.com/noticias/2021/11/19/exportaciones-fruticolas-mexicanas/

  • El SAT muestra flexibilidad ante complemento Carta Porte: Canacar

    El SAT muestra flexibilidad ante complemento Carta Porte: Canacar

    Raquel Buenrostro, jefa del Servicio de Administración Tributaria (SAT), se mostró flexible ante el planteamiento de retos que enfrentan los transportistas sobre la implementación del complemento Carta Porte, informó la Cámara Nacional del Autotransporte de Carga (Canacar).

    En un video, José Refugio Muñoz, vicepresidente ejecutivo de Canacar, y Francisco Javier Borrego Adame, diputado por Morena, informaron de una reunión sostenida el jueves con la Jefa del SAT, en la que abordaron temas sobre el autotransporte de carga transfronterizo, el servicio de dedicados, así como de corresponsabilidad y vías de jurisdicción federal.

    Refugio Muñoz expuso que hay expectativas de tener una respuesta positiva por parte del SAT en una segunda reunión que se desarrollará en dos semanas para dar seguimiento a puntos clave sobre complemento Carta Porte.

    En representación de los transportistas, Canacar expuso presentó argumentos ante la Jefa del SAT sobre diferentes propuestas, entre las que destaca el incorporar una regla específica para el transporte fronterizo y el servicio dedicado.

    “Planteamos la necesidad de establecer la tolerancia para pisar tramos de jurisdicción federal, y que estos también se consideren servicios locales”, dijo, ya que esto les exentaría de elaborar el complemento Carta Porte.
    Adicional, Canacar replanteó ante la líder del SAT la necesidad de ser más específicos en el tema de la corresponsabilidad para que cada uno de los actores se haga responsable de su propia información.

    En su turno, Borrego Adame expuso que, tuvieron un “buen recibimiento y buenos entendimientos” por parte de Raquel Buenrostro a favor del transporte nacional. “Quiero manifestar desde aquí que sacamos muy buenas cosas”, dijo.

    En el video, ambos personajes se mostraron satisfechos con la reunión, además de que el vicepresidente ejecutivo de Canacar agradeció el apoyo del diputado Francisco Javier Moreno por facilitar el encuentro con la Jefa del SAT.

    Fuente:

    Nancy Balderas Serrato-https://www.tyt.com.mx/nota/el-sat-muestra-flexibilidad-ante-complemento-carta-porte-canacar