Este ordenamiento tuvo ajustes en materia de comercio exterior; por ejemplo, se eliminaron los cobros de los derechos por la autorización y el examen para aspirante a apoderado aduanal; lo cual obedeció a que estos conceptos ya no tenían razón de ser, pues desde 2014 se abrogó esa figura en la Ley Aduanera.
Asimismo, se adicionaron los derechos a cubrir en los trámites de la autorización de representante legal, y para sustentar el examen para aspirante, los montos ascienden a 10,148 y 10,324 pesos, respectivamente (pagos por única vez).
Esta persona promueve directamente el despacho de sus mercancías de los particulares sin la intervención obligatoria de los agentes aduanales.
Ello está sustentado en los artículos 40, inciso f y 51, fracción I del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la LFD; y 40 de la LA.
*Fuente: https://idconline.mx/