El cupo se asignará bajo el procedimiento de asignación directa en su modalidad de “Primero en tiempo, Primero en derecho”.
Podrán solicitar la asignación del cupo las personas físicas y morales establecidas en los Estados Unidos Mexicanos.
El procedimiento de asignación directa en la modalidad de “Primero en tiempo, Primero en derecho” se efectuará conforme a los siguientes criterios:
I. El monto a expedir será el que resulte menor entre:
a) La cantidad solicitada;
b) El monto indicado en la factura comercial; y el conocimiento de embarque, la carta de porte o guía aérea, según sea el caso;
c) 20,000 toneladas, o
d) El saldo del cupo.
II. Para asignaciones subsecuentes de cupo, se deberá acreditar el ejercicio total de por lo menos una de las asignaciones otorgadas anteriormente, adjuntando copia de los pedimentos de importación correspondientes.
Los interesados en la obtención del cupo deberán presentar el trámite de “Asignación Directa de cupo” a través de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior en la dirección electrónica www.ventanillaunica.gob.mx o en la Oficina de Representación en la entidad federativa de la Secretaría de Economía que corresponda al domicilio del interesado, utilizando el formato SE-FO-03-033 “Asignación directa de cupo de importación y exportación”, adjuntando digitalizada la factura comercial del producto a importar, el conocimiento de embarque, la carta de porte o guía aérea, según sea el caso, y la firma electrónica (e.firma) del interesado.
Una vez que la Secretaría de Economía determine que se han cumplido los requisitos, emitirá la “Constancia de Registro de Asignación de cupo” dentro de los tres días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud del trámite, la cual tendrá una vigencia del 1 de octubre de 2021 y hasta el 31 de diciembre de 2021.
Para asignaciones subsecuentes de cupo el interesado deberá presentar el trámite de “Ampliación de monto” a través de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior en la dirección electrónica www.ventanillaunica.gob.mx o en la Oficina de Representación en la entidad federativa de la Secretaría de Economía que corresponda al domicilio del interesado, utilizando el formato SE-FO-03-033 “Asignación directa de cupo de importación y exportación”.
La Secretaría de Economía expedirá el certificado de cupo a más tardar en los dos días hábiles siguientes a la fecha de ingreso de la solicitud.
Los certificados de cupo son nominativos, intransferibles e improrrogables y su vigencia será de sesenta días naturales contados a partir de la fecha de expedición, o al 31 de diciembre de 2021, lo que ocurra primero.
Fuente:
DOF-https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5631479&fecha=01/10/2021