Estados Unidos inició una investigación para determinar si aplica una salvaguarda global contra las importaciones de arándanos azules (blueberries).
La medida forma parte de un plan más amplio del gobierno de Estados Unidos para evaluar si aplica aranceles a compras externas de varias frutas y verduras, entre ellas algunas de las más exitosas de México, como fresas y chiles Bell (pimientos).
En 2019, Perú fue el primer proveedor de arándanos azules del mercado estadounidense, con envíos por 485 millones de dólares, seguido de Chile (313 millones), México (219 millones), Canadá (116 millones) y Argentina (33 millones).
Estados Unidos importó arándanos azules por un valor total de 1,242 millones de dólares en 2019.
Graciela Márquez, secretaria de Economía, informó este jueves, en una conferencia de prensa, que si Estados Unidos llegase a cobrar aranceles a las importaciones de arándanos azules mexicanos, México tendría derecho a aplicar “medidas compensatorias de igual naturaleza” al amparo del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).
La USTR solicitará a la Comisión de Comercio Internacional (USITC) que comience inmediatamente una investigación de la Sección 201 para los arándanos. Esta será la primera vez en casi 20 años que la USTR utilice tal autoridad.
La Sección 201 es una parte importante de la caja de herramientas comerciales de la Administración estadounidense.
En general, la USTR solicitará que la USITC investigue si el aumento de las importaciones de un producto está causando o amenaza con causar un daño grave a los productores nacionales del producto.
Si la USITC determina que este es el caso, el Presidente de Estados Unidos, Donald Trump está autorizado a tomar todas las medidas a su alcance con el fin de facilitar los esfuerzos de la industria nacional para hacer un ajuste positivo a la competencia de las importaciones, incluyendo mayores aranceles y limitaciones cuantitativas.
Las “medidas de salvaguardia” como los remedios disponibles bajo la Sección 201, están explícitamente permitidas bajo las reglas de la Organización Mundial del Comercio (OMC) cuando son necesarias para prevenir o reparar un daño grave causado por el aumento de las importaciones.
En 2018, Trump usó su autoridad bajo la Sección 201 para aumentar los aranceles sobre lavadoras y paneles solares importados.
Dos aspectos principales de la Sección 201 distinguen este remedio de las leyes estadounidenses sobre derechos antidumping y compensatorios. En primer lugar, la Sección 201 no requiere que se determine una práctica comercial desleal.
Más bien, un aumento de las importaciones, independientemente del motivo de las importaciones, es por sí mismo suficiente para justificar una reparación comercial, siempre que el aumento sea “una causa sustancial de daño grave, o la amenaza del mismo, para la rama de producción nacional que produce un artículo como o competir directamente con el artículo importado”.
En segundo lugar, las investigaciones del artículo 201 no se limitan a evaluar las importaciones de un país en particular, sino que analizan y contabilizan las importaciones a los Estados Unidos de todos los países. Esta es la razón por la que la Sección 201 a menudo se denomina “salvaguardia global”.
Fuente:
Roberto Morales-https://www.eleconomista.com.mx/empresas/EU-inicia-investigacion-contra-importaciones-de-blueberries-de-las-que-Mexico-es-su-tercer-proveedor–20201001-0051.html