Agregó que con las nuevas disposiciones se evitará imponer barreras que distorsionen el comercio.
En el reporte número 23 del T-MEC, la dependencia federal apunta que se incluyen los principios aplicables al comercio de servicios: Trato Nacional, Trato de Nación Más Favorecida, y Acceso a Mercados.
Con esto se prohíbe la imposición de limitaciones cuantitativas, de pruebas y de necesidad económica, y también se evita la presencia local y ya no se debe mantener una oficina de representación como condición para el suministro transfronterizo de un servicio.
El documento relata que cualquier medida que se establezca y afecte el comercio de servicios “se administre en una forma razonable, objetiva e imparcial”.
Además, las nuevas reglas buscan apoyar el desarrollo del comercio de servicios para beneficio de las pequeñas y medianas empresas (PyMEs.)
Otro punto acordado, según el reporte, es que se establece que las transferencias y pagos vinculados al suministro transfronterizo de un servicio se efectúen libremente y sin demora.
Además, define los compromisos de liberalización mediante un enfoque de lista negativa, lo que significa que todos los sectores de servicios están cubiertos por las obligaciones del acuerdo, a menos que expresamente se indique lo contrario.
*Fuente:https://idconline.mx/