Específicamente se trata de las previstas en la regla 1.2.7.; el Capítulo 1.12. “Agencia Aduanal” –reglas 1.12.1., 1.12.2., 1.12.3., 1.12.4., 1.12.5., 1.12.6., 1.12.7., 1.12.8., 1.12.9., 1.12.10.–; el formato B25 –“Encargo conferido a la agencia aduanal para realizar operaciones de comercio exterior o la revocación del mismo”– y las fichas de trámite 30/LA, 31/LA, 32/LA, 33/LA, 34/LA, 35/LA, 36/LA, 37/LA, 38/LA, 39/LA, 40/LA y 41/LA.
Cabe recordar que la figura de la agencia aduanal se creó en la reforma a la Ley Aduanera del 25 de junio de 2018; y se trata de una persona moral autorizada por el SAT para promover, por cuenta ajena, el despacho aduanero de mercancías de comercio exterior bajo los diferentes regímenes aduaneros.
*Fuente: https://idconline.mx/