martes, noviembre 5, 2024
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Publican la creación del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) dio a conocer hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la creación del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec. El nuevo organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, no sectorizado, tendrá como objeto instrumentar una plataforma logística portuaria para el comercio internacional con efectos multiplicadores en esa región.

Para ello, se promoverá la inversión pública y privada.

Tendrá su domicilio en la Ciudad de México y contará con presupuesto que le asigne la Secretaría de Hacienda para el ejercicio fiscal de 2019.

Su patrimonio se integrará con el capital social de las Administraciones Portuarias (API) de Coatzacoalcos y Salinas Cruz así como del Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec.

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) será la encargada de transferir la totalidad de las acciones de las API y del ferrocarril al nuevo organismo público descentralizado en los próximos 180 días, plazo que incluye el proceso de actualización del capital social de las empresas con base a los estados financieros de 2018.

El decreto indica que el Corredor Interoceánico tendrá un director general que será designado por el Presidente de la República y una junta de gobierno que presidirá el titular de la SHCP.

También serán miembros de la junta el subsecretario de Hacienda y la subsecretaría de Egresos, los titulares de la Unidad de Inversiones y de la Dirección General de Programación y Presupuesto «B» de Hacienda y el Administrador General de Aduanas.

Las Secretarías de Medio Ambiente y Recursos Naturales y la de Economía, tendrán un representante cada una; dos, la SCT y uno la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial.

Los miembros de la Junta de Gobierno ejercerán sus cargos a título honorífico, por lo que no recibirán retribución, emolumento, ni compensación por su participación.

La junta de Gobierno se instalará en un periodo no mayor a los 90 días naturales siguientes a la entrada en vigor del decreto.

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Cortesía de Investing.com

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