viernes, noviembre 22, 2024
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Regular el outsourcing requiere de discusión profunda: Colmex

Qué cantidad de trabajo significa y qué papel juega en el mercado de trabajo son algunos puntos que deben considerarse, plantean.

En una década se ha triplicado el número de trabajadores subcontratados en México. Más de 3 millones de personas laboran formalmente bajo esta figura. Por eso, la regulación del outsourcing requiere una discusión profunda que comienza por entender la realidad de esta modalidad y las vías para mejorarla, coinciden investigadoras de la materia.

“Hay una variabilidad que es importante conocer para tomar decisiones importantes al respecto y no tomarlas en el aire. ¿Qué cantidad de trabajo significa y qué papel juega en el mercado de trabajo? Es bien importante tener claridad”, comentó Edith Pacheco, profesora investigadora del Centro de Estudios Demográficos Urbanos y Ambientales (CEDUA) del Colegio México (Colmex).

Graciela Bensusán, profesora de Flacso México, opinó que no se deben dar saltos tan rápidos sin explorar todas las opciones y las consecuencias. “Lo que me gustaría ver es un debate muy informado, muy razonado y que sepamos a dónde queremos ir con el empleo y a dónde queremos conducir las reglas de subcontratación”, agregó.

Para Bensusán, el objetivo de la regulación del outsourcing debe ser asegurar el pago adecuado a los trabajadores subcontratados, derecho a una “bilateralidad en la negociación colectiva”, cotización al seguro social con el salario real, y que se otorgue el reparto de utilidades. Landy Sánchez, profesora investigadora del CEDUA del Colmex, puntualizó que no hay actualmente datos concretos para determinar las condiciones laborales de los trabajadores subcontratados, aunque no hay una diferencia significativa entre los salarios que pagan las empresas que subcontratan y las que no lo hacen.

“Tiene mucho que ver con dónde están ubicados. Eso hay que tenerlo muy claro, quién está subcontratando, qué empresas y qué tipo de actividad es la que están subcontratando. Y la hipótesis de lo que puede estar atrás, que lo vemos parcialmente, es que esa diferencia es por el tipo de tareas que se están sacando de las empresas”.

Las tres investigadoras conforman el equipo que realizó un estudio sobre el panorama actual del outsourcing en nuestro país para tener más elementos que ayuden a su regulación. En él, se revela que 74% de los establecimientos que usan la tercerización tiene subcontratado a todo el personal, incluyendo los trabajadores que se dedican a las actividades principales de la empresa.

La Ley Federal del Trabajo prohíbe que todo el personal de un centro de trabajo esté subcontratado. Sin embargo, el estudio revela que en la práctica no es así.

Graciela Bensusán considera que el primer paso para regular la subcontratación de trabajadores es aplicar lo que ya establece el marco legal a través de inspecciones. Ello se puede mejorar con un directorio de empresas de tercerización y la aplicación de una Norma Oficial Mexicana que establezca los criterios para realizar outsourcing y certifique a las empresas.

De acuerdo con el estudio, la subcontratación se ha focalizado al grado de tener sectores con alta intensidad de trabajadores subcontratados, como el corporativo, de servicios financieros, información y comercio. En el otro polo, de baja intensidad, se encuentran los servicios educativos, negocios de apoyo y distribución (logística).

“Se observa que se diversifica el número de sectores en donde se presenta (la subcontratación). Básicamente en todos ellos aumenta el nivel y se consolida la presencia en aquellos donde ya estaba presente. Lo que hay es muy claramente una difusión de la subcontratación básicamente en todas las ramas de la economía”, detalló Landy Sánchez.

Sin embargo, el universo de unidades económicas que reconocen trabajadores subcontratados es bajo, apenas 75,000 establecimientos. “En el país tenemos alrededor de 4.2 millones de establecimientos. La subcontratación está muy concentrada, porque de esos 4.2 millones de establecimientos, sólo 75,000 declara contratar personal provisto por otra razón social”, concluyó.

*Fuente: https://www.eleconomista.com.mx/

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Cortesía de Investing.com

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