DOF: 30/09/2020
AVISO por el que se dan a conocer los nombres de los titulares y números de programas de la industria manufacturera, maquiladora y de servicios de exportación cancelados.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía.
La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14, 26 y 34 fracciones I y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5o. fracción XI de la Ley de Comercio Exterior; 1, 2 apartado A, fracción II, numeral 15; 11 y 12 fracciones IV, X y XXIX y 32, fracción XI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía; 25, 27 fracción I, 29 y 30 del Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación, y
CONSIDERANDO
Que el 1 de junio de 1998 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto para el fomento y operación de la Industria Maquiladora de Exportación, el cual, mediante reforma publicada en el mismo órgano informativo el 1 de noviembre de 2006 se denominó Decretopara el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (Decreto IMMEX), estableciéndose como objeto del mismo el fomentar y otorgar facilidades a las empresas manufactureras, maquiladoras y de servicios de exportación para realizar procesos industriales o de servicios a mercancías de exportación y para la prestación de servicios de exportación, instrumento que posteriormente se ha modificado mediante diversos dados a conocer en el mismo órgano informativo el 16 de mayo de 2008, 24 de diciembre de 2010, 6 de enero y 28 de julio de 2016, 5 de octubre de 2017, así como 10 de abril, 20 de septiembre y 20 de diciembre de 2019; Que conforme a lo establecido en el artículo 25 del Decreto IMMEX, los titulares de un programa de la industria manufacturera, maquiladora y de servicios de exportación (Programa IMMEX) están obligados a presentar un reporte anual a la Secretaría de Economía, respecto del total de las ventas y de las exportaciones, correspondientes al ejercicio fiscal inmediato anterior, a más tardar el último día hábil del mes de mayo del año que corresponda;
Que el 2 de julio de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Aviso por el que se dan a conocer los nombres de los titulares y números de programas de la industria manufacturera, maquiladora y de servicios de exportación suspendidos, como resultado de la falta de presentación del reporte anual correspondiente al ejercicio fiscal de 2019, conforme a lo ordenado en el artículo 25, segundo párrafo y tercer párrafo fracción I del mismo artículo, así como por el incumplimiento a lo previsto en el artículo 11, fracción III, ambos del Decreto IMMEX;
Que los Programas IMMEX de las empresas que al último día hábil del mes de agosto de 2020 no presentaron su reporte anual correspondiente a 2019 o no cumplieron con el requisito establecido en el artículo 11, fracción III, inciso c) del Decreto IMMEX, quedaron cancelados definitivamente a partir del 1 de septiembre de 2020;
Que a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto IMMEX, la Secretaría de Economía debe publicar en el Diario Oficial de la Federación los nombres de los titulares y números de Programas IMMEX cancelados por la falta de presentación del reporte anual en el plazo mencionado en el párrafo anterior o por incumplimiento a alguno de los requisitos establecidos en el mencionado artículo 11, fracción III, del mismo Decreto, por lo que se emite el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS NOMBRES DE LOS TITULARES Y NÚMEROS DE PROGRAMAS DE LA INDUSTRIA MANUFACTURERA, MAQUILADORA Y DE SERVICIOS DE
EXPORTACIÓN CANCELADOS
ÚNICO.- Se dan a conocer los nombres de los titulares y números de Programas de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (Programas IMMEX) cancelados por la falta de presentación del reporte anual correspondiente al ejercicio fiscal de 2019, conforme a lo ordenado por el segundo párrafo y por la fracción II del artículo 25, así como por el incumplimiento a lo previsto en el artículo 11, fracción III, inciso c), ambos del Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de junio de 1998, modificado mediante diversos dados a conocer en el mismo órgano informativo:
Fuente:
DOF-https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5601528&fecha=30/09/2020