¿Cuántas veces no hemos leido la misma leyenda una y otra vez?
“A partir del 1 de Junio de 2008 el peso maximo permitido para transitar por Carreteras Mexicanas de acuerdo a la NOM – 012 -SCT – 2 – 2008, publicada en el Diario Oficial de la Federación el dia 01 de Abril de 2008 es de 20 toneladas en contenedores 40’DC & HC; 21.5 en contenedores 20’DC y en el caso de los 40’RF 18.5 toneladas de carga más la tara. En cumplimiento con dicha Norma, esta transportista se deslinda de cualquier responsabilidad, multa o penalización que se incurriere producto del exceso del peso cargado en el o los contenedores, siendo total y absoluta responsabilidad del Embarcador/Consignatario el pago de las sanciones, multas y/o penalizaciones que por este efecto la autoridad emita.”
Una especie de “yo no soy responsable de lo que transporto y de todas formas págueme”.
Para los involucrados en la logística intermodal o el comercio internacional es parte del trabajo diario el traslado de mercancías de un punto a otro de la República Mexicana, la búsqueda de la mejor tarifa por kilómetro incluidas las casetas y si es posible el traslado inmediato, son para algunos la diferencia entre la contratación o no de un transportista u otro. El transportista constantemente ve reducida su utilidad por el incremento mensual a los combustibles y las casetas del sistema carretero y el surgimiento de autotransporte digamos de fácil constitución, trámites fáciles y de rápida acreditación, sin importar algunas veces el equipo que se utilice.
La competencia por la carga “del cliente” lo permite todo, y el cliente, importador o exportador dentro de su oficina, lejos del lugar de operación con la cabeza en el nunca pasa nada simplemente encuentra la mejor tarifa con la mayor carga posible.
Es común ver plataformas con diferentes productos como el plomo, que en muchos casos supera los límites establecidos en la NOM-012-SCT-2-2008 sin contenedor, llegando a transportar hasta 30 toneladas sin contar la tara de la plataforma, afectando la carpeta asfáltica de las autopistas por donde circula. En contraste para ser consolidados (los de exportación) no deben superar las 19 toneladas (según el país de destino) pues en destino, el control y cuidado de sus autopistas es riguroso.
Recientemente los transportistas de Manzanillo decidieron unirse, juntarse en pro del buen servicio y ahorcar el coyotaje, estandarizar tarifas para evitar el abuso del importador o el exportador y recuperar un poco de lo que el Diesel se está llevando, a algunos les ha funcionado de maravilla, han encontrado en su responsabilidad y just in time la diferenciación perfecta, su propuesta única de venta y sus clientes han sabido valorarlo; para otros el camino ha sido más difícil y han dejado la estandarización de lado pues a veces no pueden cumplir.
El transportista de Manzanillo, debe enfrentear además de lo antes mencionado, el tramo carretero ridículo de 70 kilometros de un solo carril entre la Ciudad de Colima y Ciudad Guzmán, que se ha llevado mucho más de una vida de operador y de conductor por igual, que los ha dejado detenidos en ocasiones por más de 8 horas, tal vez no se pensó en el tráfico de contenedores que tendría este puerto, o tal vez a Jalisco no le conviene acercar más Manzanillo a Guadalajara debido al turismo nacional que fluye hacia Puerto Vallarta; lo seguro, es que cada uno de ellos intenta competir desde sus diferentes puntos de vista ya sea sobre la misma NOM o sobre su propia capacidad de organización y seriedad, está en el importador y en el exportador la desición y la responsabilidad, esta en el transportista, o en las autoridades, o es simplemente cuestion de dinero.
PIXAN