sábado, abril 27, 2024
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API Guaymas ampliará su recinto portuario

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) autorizó a la Administración Portuaria Integral de Guaymas (API Guaymas) ampliar su recinto portuaria en una área una superficie de 17,079,055.393 m2 de área navegable (espejo de agua) ubicada en la Bahía de Guaymas-Empalme, Municipio de Guaymas.

La autorización fue publicada con el nombre legal de SEGUNDO Addendum al Título de Concesión otorgado en favor de la empresa Administración Portuaria Integral de Guaymas, S.A. de C.V. que representa una modificación a favor de la concesionaria en la que se tiene como objetivo ampliar el recinto portuario a fin de desarrollar nuevas instalaciones portuarias, su mantenimiento, desarrollo y explotación de la misma que fomente la llegada de nuevas inversiones y la generación de nuevos empleos.

De acuerdo con el texto publicado en el Diario Oficial de la Federación la Subsistencia del Título de Concesión y de su Primer Addendum.
“Salvo lo señalado en la condición anterior, continuarán vigentes todas y cada una de las condiciones establecidas tanto en el Título de Concesión original, así como en su Primer Addendum, aludidos ambos en los antecedes I y II, respectivamente, del presente instrumento.

También el Addendum está obligada a inscribir por su cuenta y a su cargo en el Registro Público de la Propiedad Federal el presente instrumento, así como gestionar ante el Registro Público de la Propiedad local correspondiente, sus inscripciones y las anotaciones marginales, con fundamento en los artículos 42 fracción VII y 58 fracción I de la Ley General de Bienes Nacionales, debiendo acreditarlo ante “LA SECRETARIA” en un plazo de 90 (noventa) días naturales contados a partir de la fecha del presente instrumento.

Como consecuencia de la incorporación del área navegable (espejo de agua) a la poligonal de la concesión otorgada a favor de la Administración Portuaria Integral de Guaymas, S.A. de C.V., se ratifican todos aquellos derechos derivados de las concesiones, permisos y autorizaciones otorgados con anterioridad a la entrada en vigor del presente instrumento, a fin de que continúen surtiendo sus efectos en los mismos términos y condiciones en que hayan sido suscritos, hasta la conclusión de su vigencia.

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