- Los actores del comercio exterior viven en un vaivén de ventajas y desventajas.
- Desde el 9 de diciembre se enfrentan a cambios a la Ley Aduanera.
- Obedece a la evolución del comercio global y presenta retos.
Traer caballos de otro país, clasificarlos para su importación, saber sus cuidados en el avión, determinar el alimento y temperatura correctos, el vehículo terrestre adecuado para su entrega final, es tarea común para Paola Rechy.
Sus actividades como agente aduanal en Cargo Rechy, empresa que fundó 30 años atrás su padre, Alfonso, no se limitan a las que comúnmente realiza un agente aduanal: clasificar mercancías para su importación, calcular el pago de impuestos, conocer los detalles de la Ley de Comercio Exterior y de la Ley Aduanera, las reglas y criterios para las operaciones que publica cada año la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y las disposiciones de la Organización Mundial de Comercio (OMC) y Mundial de Aduanas (OMA).
Agente aduanal opcional
La integración de servicios logísticos y aduanales representa una ventaja frente a disposiciones de la OMC, como eliminar el uso obligatorio de agentes aduanales para las operaciones comerciales de los 160 miembros, entre ellos México.
Lo anterior se refleja en el artículo 40 de la Ley Aduanera recién reformada, que establece que importadores y exportadores podrán hacer el despacho de las mercancías mediante agentes aduanales o un representante legal, figura similar a la del apoderado aduanal establecida en 1993.
Para que esta disposición sea efectiva, falta la publicación de un reglamento, que establecerá los estatutos para la figura del representante legal, que sustituirá la del apoderado aduanal. Algunos requisitos son: ser persona física, de nacionalidad mexicana y comprobar relación laboral con la empresa, explicó Nashielly Escobedo, directora de la Confederación Latinoamericana de Agentes Aduanales (CLAA).
“Se habla mucho en el sector que con la disposición desaparecerá la figura del agente, sin embargo, ya existía la opción del apoderado aduanal, figura que no ha florecido, porque la parte más frágil de una operación de comercio exterior es la legal, donde los agentes son los expertos”, explicó Alfredo Ibarra, agente aduanal y director de Logística Serviport.
Cifras del Servicio de Administración Tributaria (SAT) indican que hay 853 agentes y 486 apoderados en activo. En promedio manejan 94 por ciento de la carga que entra y sale del país, según datos de la Confederación de Asociaciones de Agentes Aduanales de la República Mexicana (Caaarem).
LOS RETOS
Del otro lado del agente aduanal están los importadores, exportadores y comercializadores, quienes comienzan a evaluar los cambios en la ley que obedecen a la evolución del comercio internacional y representan retos de capacitación, integración de servicios y adopción de tecnología para las empresas, explicó Manuel Valencia, director de la licenciatura de Negocios Internacionales del Tec de Monterrey.
Desde la perspectiva de Enrique Zavala, director de la Asociación Nacional de Importadores y Exportadores de la República Mexicana (ANIERM), los cambios a la Ley Aduanera permitirán a los “reales actores del comercio exterior” participar en los procesos aduanales directamente, eliminando intermediarios y generando efectos multiplicadores en la economía.
Pero, “esto se logrará a mediano plazo, pues todo dependerá de su capacitación y preparación en el tema aduanero”, además del despliegue de infraestructura para las operaciones, determinó Julio Rodríguez, director de la firma AJR Comercio Exterior.
En el corto plazo, las empresas no deben dejar de asesorarse con especialistas y para las que opten por la figura del representante legal, éste será responsable solidario con la empresa.
Los agentes aduanales deben ser más minuciosos en sus operaciones, pues derivado de la reforma, las multas por datos inexactos aumentaron considerablemente, advirtió Arturo Pérez Behr, vicepresidente nacional de la ANIERM.
Los artículos 184 A y B indican que transmitir datos inexactos, falsos o incompletos, referentes al valor de las mercancías y la relacionada con la descripción de la mercancía e identificación individual para el despacho, generará una multa de 18 mil a 30 mil pesos.
