Esta estrategia aplica para unidades con un peso superior a 3.4 toneladas y configuración C2 y seis ruedas.
Este tipo de vehículos no podrán circular por vías de la CDMX de lunes a viernes, en un horario de 6:00 a 10:00 horas.
Si un tráiler ingresó a la CDMX antes de las 6:00 horas y se encuentra transitando en vías de la ciudad o de municipios del Estado de México, tendrá hasta las 7:00 horas para continuar con su trayecto, después de esa hora, deberá detenerse y reanudar su trayecto hasta las 10:00 horas.
A partir de septiembre de 2020 se aplicará la restricción vehicular de las 18:00 a 22:00 horas, esto a partir de una evaluación de una mesa técnica y con base a los resultados del horario matutino.
En el caso de los camiones de carga com doble remolque o full se analizará y determinarán mecanismos y condiciones para implementar un horario nocturno de circulación, el cual será de las 22:00 a las 5:00 horas, esto a partir de abril de 2020.
Los vehículos que estarán exentos de estos horarios son: unidades con trampa de partículas, unidades que funcionan con gas natural, eléctricos, híbridos, aquellos que cuenten con el distintivo de programas de regulación de gobiernos locales, así como las unidades destinadas al traslado de valores, camiones revolvedores y los destinados al transporte de residuos y materiales peligrosos.
En conjunto con esta medida, también se homologarán y actualizarán los programas para detectar y sancionar los vehículos ostensiblemente contaminantes.
Eso quiere decir que se podrán retirar de la circulación las unidades que se identifiquen con altas emisiones.
*Fuente: https://www.transporte.mx/