domingo, noviembre 17, 2024
InicioEconomia y FinanzasDevolverán IVA a empresas en menos de 20 días hábiles

Devolverán IVA a empresas en menos de 20 días hábiles

La dependencia informó a través de la Segunda Resolución de Miscelánea Fiscal publicada el pasado 4 de julio en el Diario Oficial de la Federación (DOF), que los contribuyentes que cuenten con la certificación en materia de IVA y del IEPS podrán recibir sus devoluciones en un periodo de 10 a 20 días.

“La devolución ha caminado muy bien, hicimos el compromiso con el sector privado de tener procedimientos expeditos.

“Ya se publicó el procediendo para devolver al sector primario, es decir dedicados a la agricultura, pesca y ganadería, con saldos a favor de hasta 500 mil pesos, que serán devueltos en menos de 20 días”, señaló en el marco del Congreso Anual de la Confederación de Asociaciones de Agentes Aduanales de la República Mexicana (CAAAREM).

Aristóteles Núñez detalló que al 7 de julio del presente año, se tiene un registro de 245 empresas de la industria de la exportación ya están certificadas para la devolución del IVA, misma que será en un periodo de 10 a 20 días hábiles. Lo anterior con el objetivo de neutralizar la carga del IVA para el próximo año.

También se está preparando un procedimiento para devolver el IVA a todos los particulares que hagan nuevas inversiones, “pues con sus inversiones pagan IVA, y como no tienen producción o venta de productos, no pueden acreditarlo y pueden tener saldo a favor”, señaló.

Nómina electrónica

Por otra parte, el representante del SAT hizo un llamado a los trabajadores del país a denunciar a los empleadores que no estén expidiendo recibos de nómina electrónicos.

“Pueden denunciarlo al SAT, no es un tema menor”, dijo.

“También ante la Secretaria del Trabajo y el Instituto Mexicano del Seguro Social, quien no esté recibiendo los recibos electrónicos, no tiene la seguridad jurídica de que el patrón esté cumpliendo con sus aportaciones al sistema de ahorro para el retiro, pone en riesgo su pensión, la posibilidad de acceder a un crédito para la vivienda”, acusó.

Además el patrón podría no estar enterando las retenciones del ISR al SAT, “sino lo está haciendo está incumpliendo con tres de sus obligaciones laborales”.

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Cortesía de Investing.com

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