CIUDAD DE MÉXICO.- La práctica de aceptar nuevos usos de sustancias médicas conocidas y de registrar sus patentes quedó formalmente aceptado en el texto del nuevo Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), lo que beneficiará especialmente a la industria farmacéutica en general.
“Esta disposición otorga una base legal explícita y directa que antes no existía”, comenta Eder Gutiérrez, consultor de la empresa de consultoría Clarke Modet & Cº México, que se especializa en temas de propiedad intelectual e industrial.
Por mencionar un ejemplo de qué implica esta práctica, el experto recuerda que, en ocasiones, los científicos crean una molécula química para la cual se desconocen sus posibles usos, pero más adelante otras personas encuentran que esa misma molécula puede servir para atender el alzheimer o el dolor de cabeza.
En este sentido, las segundas personas pueden registrar la patente de esos usos aunque no sean los dueños de la patente original de la molécula.
Sin embargo, Eder Gutiérrez refiere el supuesto de que varios sujetos pretendan registrar un mismo uso nuevo a una sustancia médica conocida, lo cual tendrá que resolverse mediante una negociación de licencias para proceder a la comercialización.
Sobre el beneficio para el sector privado, el experto comentó que tanto farmacéuticas nacionales como norteamericanas o canadienses podrán ejercer este derecho.
“La industria mexicana verá un beneficio porque la innovación apenas comienza. Las empresas que quieren invertir en investigación y desarrollo empiezan buscando nuevos usos, nuevas combinaciones, patentes secundarias, variantes de las fórmulas”, de ahí que su trabajo quedará protegido, comenta Gutiérrez.
La inversión en investigación y desarrollo es insustituible
Como se ha mencionado anteriormente, el T-MEC establece un periodo de 10 años de exclusividad para la protección de datos de los medicamentos biológicos, es decir, aquellos que se hacen de células vivas.
Esto es que los laboratorios farmacéuticos que desarrollen el producto tendrán la exclusividad para su creación, fabricación y distribución.
En el caso de los productos agroquímicos y otros farmacéuticos también se establece un periodo de reserva de datos, lo que antes no existía en el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) -ahora denominado como T-MEC-, advierte Gutiérrez.
Contado a partir de la fecha de registro del producto innovador o de referencia, un laboratorio no podrá comercializar su producto genérico a menos que obtenga la autorización del titular del registro del producto de referencia: 10 años para nuevos productos agroquímicos y cinco para farmacéuticos y tres años para nuevas indicaciones, fórmulas y métodos de administración o combinaciones, además de los mencionados 10 años para productos biológicos.
Esta medida está encaminada a proteger la innovación científica y tecnológica, así como a incentivar a las empresas y laboratorios de investigación para crear nuevas propuestas. Sin embargo, el especialista reconoció que los principales beneficiarios serán los laboratorios estadounidenses que tienen amplia experiencia en el desarrollo de químicos y farmacéuticos, ya que en México existe un incipiente trabajo en generación de patentes de agroquímicos y productos biológicos.
En este sentido, Eder Gutiérrez y Jocelyn Flores, también consultora de Clarke Modet & Cº México, coincidieron en que México debe realizar un esfuerzo por invertir en la investigación científica y tecnológica para generar innovación, ya que si bien el T-MEC contribuye a fortalecer el marco jurídico, por sí mismo es insuficiente.
Asimismo, las farmacéuticas -sobre todo las productoras de genéricos- tendrán que estar pendientes de los plazos de duración de la protección de datos, para no incurrir en irregularidades o bien identificar a tiempo la oportunidad de emplear la información ya liberada.