Categoría (a) 10 Estados con los mayores intereses en la prestación de servicios de transporte marítimo internacional:
China, Grecia, Italia, Japón, Noruega, Panamá, República de Corea, Federación de Rusia, Reino Unido, Estados Unidos.
Categoría (b) 10 Estados con los mayores intereses en el comercio marítimo internacional:
Argentina, Bangladesh, Brasil, Canadá, Francia, Alemania, India, Países Bajos, España, Suecia.
Categoría (c) 20 Estados no elegidos en (a) o (b), que tienen intereses especiales en el transporte marítimo o la navegación y cuya elección al Consejo garantice la representación de todas las principales áreas geográficas del mundo:
Australia, Bahamas, Bélgica, Chile, Chipre, Dinamarca, Egipto, Indonesia, Jamaica, Kenya, Liberia, Malasia, Malta, México, Marruecos, Filipinas, Singapur, Sudáfrica, Tailandia, Turquía.
El Consejo es el órgano ejecutivo de la OMI, y es responsable, en la Asamblea, para supervisar el trabajo de la Organización. Entre las sesiones de la Asamblea, el Consejo realiza todas las funciones de la Asamblea, salvo el de hacer recomendaciones a los gobiernos sobre la seguridad marítima y prevención de la contaminación.
El nuevo Consejo se reunirá tras la celebración de la 27 ª Asamblea para su 107 ª reunión.