En un comunicado, la dependencia aclaró que las cuotas compensatorias por dumping no son aranceles, y explicó que consisten en medidas resultantes de una investigación en la que se determina la existencia de una práctica desleal de comercio internacional.
“El gobierno de México, a través de la Secretaría de Economía, seguirá brindando apoyo y asesoría a los exportadores para garantizar que las investigaciones de referencia se lleven a cabo apegadas al debido proceso”, indicó. Señaló que el 26 de septiembre próximo se prevé que la Comisión de Comercio Internacional de Estados Unidos (ITC) emita su determinación final sobre daño y en caso de que sea afirmativa se establecerá un derecho antidumping definitivo igual al margen señalado anteriormente. “En esa ocasión el DOC señaló que el único exportador mexicano req uerido decidió no participar en la investigación por lo que utilizó inferencias adversas para el cálculo del derecho antidumping”, destacó la dependencia.
En ese sentido explicó que esto es cuando una empresa exportadora no coopera -haciendo uso de su derecho de no proporcionar información- la autoridad investigadora puede llegar a conclusiones más desfavorables para la empresa, con base en los hechos que conozca. Añadió que en 2018 el valor de las exportaciones mexicanas de estos barriles a Estados Unidos fue de 13.44 millones de dólares, lo cual representa 0.003 por ciento del total del valor de las exportaciones mexicanas a ese país durante el año referido, mismo que ascendió a 358.29 mil millones de dólares.