El complemento carta porte busca combatir la informalidad y el contrabando de mercancías que se trasladan a través del territorio nacional, mediante un mecanismo que ampara su posesión legal.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó el pasado 24 de diciembre que habrá un nuevo periodo de transición para emitir el complemento carta porte.
Aunque la normativa entró en vigor el 1 de enero de 2022, los contribuyentes tendrán hasta el 31 de marzo de 2022 para emitirlo correctamente sin multas ni sanciones, de acuerdo con un comunicado de la dependencia.
Cambios originados por la emisión de la carta porte
Durante la pasada edición de THE LOGISTICS WORLD SUMMIT & EXPO especialistas del sector autotransporte y logístico compartieron sus experiencias para estar al día con las herramientas, requisitos y actualizaciones vinculados a la carta porte.
La obligatoriedad de este documento trae afectaciones a todas las áreas importantes de las empresas, sobre todo a las de sistemas, operaciones y contabilidad.
Así lo aseguró Rubén Gallardo, Director General de Fisco Web Consultores, en la conferencia Carta porte: ¿tu empresa ya está lista?, quien detalló que este requerimiento solamente es necesario cuando se transporta carga.
Una de las dudas más frecuentes es lo que ocurre cuando se transporta carga desde un punto y se va repartiendo en distintos puntos. Es posible usar un solo CFDI Comprobante Fiscal Digital por Internet) en el que se especifiquen las distintas locaciones de descarga y los clientes que reciben la mercancía.
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En el caso del producto de importación no se requiere carta porte porque es territorio norteamericano pero sí se exige información adicional como es la fracción arancelaria y el número del pedimento.
Carta porte, requisito antes de salir a ruta
Otro de los cambios significativos para quienes están en el ramo de transporte, a decir de Luis Ángeles, Gerente de Impuestos de Grupo Logistics, es que antes se hacía el servicio y al final se facturaba al cliente. En cambio ahora, de acuerdo a estas nuevas reglas, se debe emitir el CFDI de ingreso o de traslado previo a que inicie el viaje.
“No vamos a poder salir de nuestro origen, no voy a poder salir a ruta, sin ese complemento de carta porte. Si a un operador lo paran para una inspección y no lleva en su CFDI el complemento de carta porte, puede haber sanciones”, advirtió el especialista durante la conferencia Impacto del complemento carta porte dentro de la cadena logística.
Respecto a los tipos de CFDI, aclaró que los únicos que pueden emitir un CFDI de ingreso con el complemento de carta porte son los transportistas, ya sea de transporte aéreo, marítimo, terrestre o férreo.
“Solamente ellos pueden emitir un CFDI de ingreso con el complemento de carta porte porque ellos son los que venden el servicio de flete”.
El CFDI de traslado, por su parte, deben emitirlo aquellos que tengan sus unidades propias para el traslado de su mercancía.
“Si yo tengo camiones y necesito mover artículos de mi almacén a mi planta, debo emitir un CFDI de traslado con el complemento de carta porte”, explicó.
También los operadores logísticos tienen esta obligación al vender un servicio integrado completo, el cual puede incluir transporte, almacenaje, importación, o servicio logístico de asesoría completo, siempre y cuando se haga solo un CFDI por el servicio y no se vendan por separado.
E hizo una aclaración más: “si vendemos servicios que estén relacionados a entregas locales, podemos no emitir este complemento cumpliendo con dos reglas: que en ningún momento toquemos un tramo de jurisdicción federal y que en alguna parte del CFDI de traslado pongamos las claves del producto del SAT de los bienes que estamos trasladando”.
A manera de listado, el especialista también mencionó estos cambios que surten efecto a partir de la entrada en vigor de este complemento de carta porte:
- Si no tengo el complemento de carta porte en los servicios de flete, éste ya no va a ser deducible.
- Todos los CFDI deberán estar timbrados con el complemento de carta porte.
- El transportista debe de tener una versión impresa del CFDI, ya sea de ingreso o de traslado, para demostrar la transportación legal de la mercancía.
- Si se realizan servicios door to door se deberá facturar el tramo en el extranjero separado por tramos doméstico o nacional.
- Todos los CFDIs deben de llevar datos completos del operador: su RFC, nombre completo, su número de licencia, e inclusive si tiene otra residencia fiscal que no sea la mexicana.
Otros datos nuevos que deberá contener la nueva carta porte son:
- Número de permiso de la SCT.
- Identificación vehicular con la que se transporta la mercancía (si es un tracto camión de 12 u ocho ejes).
- Equipo con el cual estamos realizando el equipo de arrastre para realizar ese flete.
- Nombre de la aseguradora y número de póliza.
Trabajo conjunto entre áreas
Por su parte, Sergio Noble, Director de TI de Grupo Logistics, señaló que las empresas deben usar la extensión otorgada por el SAT para experimentar con sus sistemas de emisión de carta porte, de manera que constituya un periodo de acierto y error.
Uno de los primeros problemas con los que nos encontramos es que el área fiscal no es experta en transporte.
“El área fiscal tenía que apoyarse para hacer los mapeos para dar con algún dato que hiciera falta. Pero en este caso la responsabilidad fue mucho más ambigua, mucho más diversa, y la única forma de poder llegar a una solución real es el trabajo conjunto de fiscal con logística”, añadió.
Lo primero para solucionar el problema de la carta porte es definir el escenario, advirtió.
“A estas alturas del partido, ya la mayoría de los que de los que están involucrados en transportación de mercancías tienen muy claro cuál es su escenario. Si no es así, tienen que acercarse con un asesor fiscal que les ayude a determinar sus responsabilidades y obligaciones”, apuntó.
Características de la carta porte
La carta porte es una obligatoriedad para todos los contribuyentes que requieran hacer un traslado de mercancías de un punto A a un punto B o bien destinos intermedios.
El CFDI de ingresos es la factura que ampara servicios de traslado de mercancía a nivel local y lo deben emitir empresas transportistas como aquellas con vehículos propios que movilizan sus mercancías.
La información contenida en la carta porte incluye origen y destino, por tanto, confirma que no se trata de mercancías robadas o de origen dudoso.
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Este tipo de traslado ha sido regulado desde hace tiempo en el Código de Comercio, siempre acompañado de un documento para sustentar el transporte de bienes y mercancías, ya sea por medio terrestre, marítimo, aéreo, pluvial o férreo.
El complemento tiene cuatro secciones principales:
- Las mercancías y toda la información relacionada con ellas, como cantidades y sitios de entrega.
- Especificaciones del vehículo.
- Permisos de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT).
- Figuras del transporte.
El trabajo de los logísticos
Addy González, Directora Comercial de Landstar Metro, aclaró en la charla Carta porte: ¿tu empresa ya está lista? que los logístico no están obligados a emitir una carta porte, pero sí sus asociados.
“Si existen dudas, el primer paso es capacitarse con expertos para saber en dónde entra nuestro modelo de negocio. Segundo, aprovechar la tecnología existente para saber qué se requiere en términos de transportación y lo que necesitan los clientes”, añadió.
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Señaló que ellos son los poseedores de la información y datos que son obligatorios y necesitan trabajar con ellos de forma conjunta para catalogar las mercancías y cumplir con todo lo que exige la nueva normativa.
“El tercer punto que debemos trabajar los logísticos y transportistas con los clientes es la interfase que nos une a ellos, pues así determinaremos los modos para que esa información viaje de la manera más rápida hacia nuestro sistema”, explicó.
Con la aplicación de soluciones digitales, el procedimiento para la elaboración de la carta porte se hace mucho más amigable y se disminuye la probabilidad de confusiones, coincidieron los especialistas.
Fuente:
Carlos Juárez-https://thelogisticsworld.com/transporte/como-esta-modificando-la-carta-porte-el-trabajo-de-logisticos-y-transportistas/