El fin del corporativismo sindical, ese lastre que durante décadas han padecido trabajadores y patrones mexicanos, podría ser una realidad antes de que concluya el primer semestre de 2019, gracias a la reforma laboral que la semana pasada aprobó la Cámara de Diputados, y que incorpora por completo los requerimientos estipulados en esa materia por el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).
El Anexo 23-A del T-MEC obliga a nuestro país a “establecer en sus leyes laborales el derecho de los trabajadores a participar en actividades concertadas de negociación o protección colectivas”, al tiempo que prohíbe la coerción, el dominio o interferencia del empleador en actividades sindicales.
De igual forma, México se comprometió con sus socios comerciales a “establecer y mantener órganos independientes e imparciales para registrar las elecciones sindicales y resolver controversias relacionadas con contratos colectivos”.
En sintonía con lo anterior, los legisladores reformaron los artículos 133 y 357 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), que ahora prohibirán cualquier acto u omisión que atente contra el derecho de los empleados “a decidir quién debe representarlos en la negociación colectiva”.
Tanto trabajadores como patrones, sin distinción y sin autorización previa, tienen el derecho “de constituir las organizaciones que estimen convenientes, así como el de afiliarse a estas, con la sola condición de observar los estatutos de las mismas”.