El documento, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), en su primer artículo señala la reducción de plazos máximos que tiene la SCT para resolver diversos trámites.
Entre ellos, el permiso para la operación y explotación de los servicios de autotransporte federal de turismo y de transporte privado de carga, para los cuales se establece un tiempo máximo de entrega de siete días.
Así como la autorización para la instalación de líneas de transmisión eléctrica, fibra óptica, postes, cercas, ductos de petróleo o sus derivados, o cualquier otra obra subterránea, superficial o aérea, en las vías generales de comunicación ferroviaria, cuyo plazo de entrega no debe superar los 35 días naturales.
En su artículo segundo, el convenio apunta que la SCT exime la presentación de varios documentos para trámites de la Dirección General de Autotransporte Federal, tales como: comprobante de pago del impuesto de tenencia o uso de vehículos automotores de los últimos cinco años y solicitud con firma autógrafa.
El acuerdo, en su artículo tercero menciona que se eliminan: la autorización para la cesión parcial o total de derechos y obligaciones de servicios ferroviarios; el aviso del establecimiento de puntos de interconexión distintos a los establecidos por la SCT y la conservación de los registros de los reportes de inspecciones de las vías férreas, de las señales, y de las instalaciones y sistemas de telecomunicaciones por parte de los concesionarios.
En su último artículo, el convenio señala que se digitalizan a su máximo nivel los trámites que se incluyen en el presente acuerdo, con excepción de aquellos a cargo de la Dirección General de Puertos, así como los que se eliminan y podrán ser realizados a través del portal, http://www.gob.mx/tramites/comunicaciones-y-transportes.
Cabe destacar que 10 días hábiles siguientes a la entrada en vigor del presente acuerdo, la SCT notificará a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria las modificaciones a la información inscrita en el Registro Federal de Trámites y Servicios.