Márquez Báez comentó que se ha dialogado con la Secretaría de Economía para enlazar las certificaciones vigentes y que técnicamente se pueda operar.
“Anteriormente no estaban enlazados con la base de datos de Aduanas, ahora si no se declara la certificación pues no se puede llevar a cabo la operación”, dijo.
Por otra parte, aseguró que todos los cambios en la normatividad “tienen su razón de ser”, por lo que a medida que las nuevas disposiciones puedan ser más fluidas, serán menos rigurosas.
Las principales modificaciones se reflejaron en el inciso A de la Fracción X del numeral 10, en la cual se otorgaba el beneficio de no tener que cumplir la norma oficial mexicana en las importaciones bajo el régimen temporal, esto al amparo del programa Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicio de Exportación (Immex). Mientras que el otro cambio se observa en el inciso H de la Fracción X del numeral 10, en el cual da el beneficio de no tener que cumplir la norma oficial mexicana en las importaciones bajo el régimen definitivo, esto al amparo del Programa de Promoción Sectorial (Prosec).