Este instrumento normativo contiene 7 artículos y 4 transitorios en donde destacan los puntos que se indican:
- Objeto determinar la organización, funcionamiento y circunscripción territorial de las Oficinas de Representación de la Secretaría de Economía.
- Describe los 4 términos que se indican:
Término | Descripción |
Secretaría | Secretaría de Economía |
Dirección General | Dirección General de Coordinación Territorial de Trámites y Servicios de Economía de la SE |
Oficinas de Representación | Oficinas en las entidades federativas a que se refiere el artículo 2, apartado A, fracción II, numeral 48 del Reglamento Interior de la SE |
Unidades administrativas centrales | Unidades administrativas previstas en el artículo 2, apartado A del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, con excepción de las previstas en su fracción II, numeral 48 |
- Las Oficinas de Representación ejercerán sus atribuciones y funciones en la circunscripción que corresponda, en los términos previstos en el acuerdo y conforme a los lineamientos e instrucciones que reciban de las unidades administrativas centrales, a través de la Dirección General.
- Las Oficinas de Representación estarán a cargo de un Representante quien, para el desahogo de los asuntos de su competencia, se auxiliará del personal que se requiera para satisfacer las necesidades del servicio, y tendrán las sedes que se indican:
Oficinas de Representación | Sede | Circunscripción específica |
I. Oficina de Representación de Aguascalientes, | con sede en Aguascalientes, Aguascalientes | |
II. Oficina de Representación de Baja California, | con sede en Tijuana, Baja California | |
III. Oficina de Representación de Baja California Sur, | con sede en La Paz, Baja California Sur | |
IV. Oficina de Representación de Campeche, | con sede en Campeche, Campeche | |
V. Oficina de Representación de Coahuila, | con sede en Saltillo, Coahuila | |
VI. Oficina de Representación de Colima, | con sede en Colima, Colima | |
VII. Oficina de Representación de Chiapas, | con sede en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas | |
VIII. Oficina de Representación de Chihuahua 1, | con sede en Chihuahua, Chihuahua | tiene como circunscripción el territorio del Estado de Chihuahua |
IX. Oficina de Representación de Chihuahua 2, | con sede en Ciudad Juárez, Chihuahua | tiene como circunscripción la franja y región fronteriza que corresponde al Estado de Chihuahua |
X. Oficina de Representación de Durango, | con sede en Durango, Durango | |
XI. Oficina de Representación de Guanajuato, | con sede en León, Guanajuato | |
XII. Oficina de Representación de Guerrero, | con sede en Acapulco, Guerrero | |
XIII. Oficina de Representación de Hidalgo, | con sede en Pachuca, Hidalgo | |
XIV. Oficina de Representación de Jalisco, | con sede en Guadalajara, Jalisco | |
XV. Oficina de Representación de México, | con sede en Toluca, Estado de México | tiene como circunscripción los municipios del Estado de México, con excepción de los siguientes: Atizapán de Zaragoza, Coacalco de Berriozábal, Cuautitlán, Cuautitlán Izcalli, Chalco, Chicoloapan, Chimalhuacán, Ecatepec, Huixquilucan, Ixtapaluca, Naucalpan de Juárez, Nezahualcóyotl, Nicolás Romero, La Paz, Tecámac, Texcoco, Tlalnepantla de Baz, Tultitlán y Valle de Chalco Solidaridad, cuyos asuntos se atenderán por las unidades administrativas centrales, de acuerdo con su competencia |
XVI. Oficina de Representación de Michoacán, | con sede en Morelia, Michoacán | |
XVII. Oficina de Representación de Morelos, | con sede en Cuernavaca, Morelos | |
XVIII. Oficina de Representación de Nayarit, | con sede en Tepic, Nayarit | |
XIX. Oficina de Representación de Nuevo León, | con sede en Monterrey, Nuevo León | |
XX. Oficina de Representación de Oaxaca, | con sede en Oaxaca, Oaxaca | |
XXI. Oficina de Representación de Puebla, | con sede en Puebla, Puebla | |
XXII. Oficina de Representación de Querétaro, | con sede en Querétaro, Querétaro | |
XXIII. Oficina de Representación de Quintana Roo, | con sede en Benito Juárez, Quintana Roo | |
XXIV. Oficina de Representación de San Luis Potosí, | con sede en San Luis Potosí, San Luis Potosí | |
XXV. Oficina de Representación de Sinaloa, | con sede en Culiacán, Sinaloa | |
XXVI. Oficina de Representación de Sonora, | con sede en Hermosillo, Sonora | |
XXVII. Oficina de Representación de Tabasco, | con sede en Villahermosa, Tabasco | |
XXVIII. Oficina de Representación de Tamaulipas 1 | con sede en Reynosa, Tamaulipas | tiene como circunscripción el territorio del Estado de Tamaulipas |
XXIX. Oficina de Representación de Tamaulipas 2, | con sede en Nuevo Laredo, Tamaulipas | tiene como circunscripción la franja y región fronteriza que corresponde al Estado de Tamaulipas |
XXX. Oficina de Representación de Tlaxcala, | con sede en Tlaxcala, Tlaxcala | |
XXXI. Oficina de Representación de Veracruz, | con sede en Boca del Río, Veracruz | |
XXXII. Oficina de Representación de Yucatán, | con sede en Mérida, Yucatán |
- Las Oficinas de Representación tendrán las facultades que se indican:
a) Difundir los instrumentos diseñados por la SE para promover la actividad económica.
b) Realizar estudios sobre precios y tarifas de productos de consumo básico y de servicios esenciales.
c) Difundir y orientar a la micro, pequeña y mediana empresa, sobre los trámites, servicios y apoyos que brinda la SE.
d) Difundir y promover el Registro Público de Comercio.
e) Realizar visitas en materia de comercio exterior, conforme a las órdenes de verificación emitidas por la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior.
f) Remitir a la unidad administrativa central que corresponda, a más tardar el día hábil siguiente a
su recepción, los asuntos a que se refieren las fracciones II, II Bis y IX del artículo 67 del RISE.
g) Ejercer las atribuciones conferidas en el artículo 67 del RISE, conforme a las instrucciones y lineamientos que emita la Dirección General.
h) Las demás que determinen las unidades administrativas centrales y se instruyan a través de la Dirección General.
- En relación con la referencia del artículo 67 del RISE, las Oficinas de Representación en las entidades federativas tienen las atribuciones siguientes:
“I. Fungir como enlaces de la Secretaría ante las autoridades de su circunscripción, organizaciones, cámaras empresariales y confederaciones previstas en la ley de la materia y asociaciones, consejos, comisiones y comités, en materia de promoción y fomento, así como dar seguimiento a los compromisos contraídos, coordinando sus acciones, cuando corresponda, con las Delegaciones de Programas para el Desarrollo conforme a las disposiciones vigentes;
II. Recibir los asuntos y trámites en materia de comercio exterior e interior, industria, minas, normas e inversión extranjera, competencia de la Secretaría y expedir las resoluciones correspondientes. Cuando los trámites y asuntos deban resolverse por las unidades administrativas competentes de la Secretaría, se remitirán a estas para los efectos conducentes;
II Bis. Recibir y dar seguimiento a los asuntos y trámites que competen a la Secretaría en materia de comercio exterior e interior, industria, minas, normas e inversión extranjera, en coordinación con la Dirección General de Coordinación Territorial de Trámites y Servicios de Economía.
III. Fungir de enlace de la Secretaría en la promoción de los programas de fomento económico a cargo de la Dependencia con las autoridades estatales, municipales y alcaldías de la Ciudad de México, así como con organizaciones, cámaras empresariales y confederaciones previstas en la ley de la materia y con asociaciones del sector social y privado;
IV. Observar los criterios de gestión, coordinación, supervisión y control, establecidos por la Unidad de Prospectiva, Planeación y Evaluación y por la Unidad de Administración y Finanzas, en coordinación con las unidades administrativas respectivas de la Secretaría, que permitan el eficaz cumplimiento de las funciones delegadas;
V. Impulsar y participar en el desarrollo de proyectos para la promoción de negocios, inversiones y exportaciones;
VI. Difundir en su circunscripción territorial la información de la normativa, políticas y programas de la Secretaría;
VII. Ejercer la guarda y custodia de la documentación comprobatoria y justificativa del gasto de las Oficinas de Representación en las entidades federativas, para lo cual deberán operar un archivo en el que se permita la consulta conforme a las leyes y disposiciones aplicables en la materia;
VIII. Recibir notificaciones y comunicarlas a la Unidad de Apoyo Jurídico en los juicios, demandas y litigios en los que esté de por medio el interés de la Secretaría, en el ámbito de su circunscripción;
IX. Llevar a cabo, en coordinación con la Dirección General de Minas, la recepción y seguimiento de asuntos competencia de la Secretaría en materia de normativa minera y, en su caso, remitir a las unidades administrativas correspondientes de la Secretaría para el trámite del procedimiento y resolución a que haya lugar, y
X. Apoyar en la ejecución de los actos de autoridad y diligencias instruidas por las unidades administrativas de la Secretaría, incluyendo las de inspección, verificación, visitas domiciliarias e imposición de sanciones.”
- Las Oficinas Regionales se organizarán para la atención de los requerimientos administrativos, en las regiones siguientes:
Región | Sedes y Circunscripción |
Noroeste | con sede en Tijuana, Baja California y circunscripción para las Oficinas de Representación de Baja California, Baja California Sur, Chihuahua 1, Chihuahua 2, Durango, Sinaloa y Sonora |
Noreste | con sede en Monterrey, Nuevo León y circunscripción para las Oficinas de Representación de Coahuila, Nuevo León, Tamaulipas 1 y Tamaulipas 2 |
Occidente | con sede en Guadalajara, Jalisco y circunscripción para las Oficinas de Representación de Colima, Jalisco, Michoacán y Nayarit |
Oriente | con sede en Boca del Río, Veracruz y circunscripción para las Oficinas de Representación de Hidalgo, Puebla, Tlaxcala y Veracruz |
Centro Norte | con sede en León, Guanajuato y circunscripción para las Oficinas de Representación de Aguascalientes, Guanajuato, Querétaro, San Luis Potosí y Zacateas |
Centro Sur | con sede en Toluca, Estado de México y circunscripción para las Oficinas de Representación de México y Morelos |
Suroeste | con sede en Oaxaca, Oaxaca y circunscripción para las Oficinas de Representación de Chiapas, Guerrero y Oaxaca |
Sureste | con sede en Villahermosa, Tabasco y circunscripción para las Oficinas de Representación de Campeche, Quintana Roo, Tabasco y Yucatán |
- Finalmente, dentro de los 3 meses siguientes a la entrada en vigor de este instrumento, la Dirección General y la Unidad de Administración y Finanzas de la SE deben emitir los lineamientos y las “Políticas de Operación para los trámites administrativos de las Oficinas de Representación”, los cuales serán de observancia obligatoria para la operación de estas.
Fuente:
TLC Asociados-https://www.tlcasociados.com.mx/organizacion-funcionamiento-y-circunscripcion-de-las-oficinas-de-representacion-de-la-se/