A continuación se despliega el texto íntegro del Aviso:
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.
AVISO SOBRE LA VIGENCIA DE CUOTAS COMPENSATORIAS
Con fundamento en los artículos 1, 2, apartado A, fracción II, numeral 7, y 19, fracciones I y IV del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía; 11.3 y 11.5 del Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, y 3o. último párrafo, 70, 70 A y 70 B de la Ley de Comercio Exterior, se comunica a los productores nacionales y a cualquier otra persona que tenga interés jurídico, que están próximas a expirar las cuotas compensatorias definitivas, así como los compromisos de exportadores, que se indican en este Aviso.
Cualquier productor nacional de tales mercancías podrá expresar a la Secretaría de Economía, por escrito, su interés en que se inicie un procedimiento de examen de vigencia de alguna cuota compensatoria para determinar las consecuencias de su supresión, así como del compromiso de exportadores. En tal caso, deberá proponer un periodo de examen de seis meses a un año comprendido en el tiempo de vigencia de la cuota compensatoria.
La manifestación de interés deberá presentarse de acuerdo con los requisitos establecidos en las disposiciones jurídicas aplicables, a más tardar veinticinco días hábiles antes del término de la vigencia que corresponda, en la oficialía de partes de la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría de Economía, sita en Calle Pachuca número 189, planta baja (área de ventanillas), Colonia Condesa, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06140, en la Ciudad de México, de las 9:00 a las 14:00 horas, o vía electrónica, a través de la cuenta de correo electrónico upci@economia.gob.mx, de las 9:00 a las 18:00 horas, conforme a lo dispuesto en el «Acuerdo por el que se establecen medidas administrativas en la Secretaría de Economía con el objeto de brindar facilidades a los usuarios de los trámites y procedimientos que se indican», publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de agosto de 2021.
En este sentido, los plazos vencen de acuerdo con lo siguiente:
PRODUCTO
FRACCIÓN
ARANCELARIA*
PAÍS DE
ORIGEN
ÚLTIMO DÍA DE LA
VIGENCIA
FECHA LÍMITE PARA
RECIBIR LA
MANIFESTACIÓN DE
INTERÉS
Lámina rolada en frío**
7209.16.01
7209.17.01
7225.50.91
Corea
31 de diciembre de 2023
8 de noviembre de 2023
Tubería de acero sin costura
7304.19.01
7304.19.04
7304.19.99
7304.31.01
7304.31.10
7304.31.99
7304.39.01
7304.39.10
7304.39.11
7304.39.99
China
8 de enero de 2024
14 de noviembre 2023
Vajillas y piezas sueltas de vajillas de cerámica, incluidas las de porcelana
6911.10.01
6912.00.03
6912.00.99
China
14 de enero de 2024
21 de noviembre de 2023
Hule polibutadieno estireno en emulsión
4002.19.01
4002.19.02
4002.19.03
4002.19.99
Estados
Unidos
Corea
Japón
26 de enero de 2024
5 de diciembre de 2023
Atomizadores de plástico
9616.10.01
China
22 de abril de 2024
12 de marzo de 2024
Placa de acero en hoja
7208.51.04
7208.52.01
7225.40.91
Italia
Japón
1 de mayo de 2024
21 de marzo de 2024
Lápices
9609.10.01
China
27 de mayo de 2024
18 de abril de 2024
Lámina rolada en frío
7209.16.01
7209.17.01
Rusia
Kazajstán
30 de junio de 2024
23 de mayo de 2024
Poliéster fibra corta
5503.20.99
China
2 de julio de 2024
27 de mayo de 2024
Metoprolol tartrato
2922.19.99
India
26 de julio de 2024
20 de junio de 2024
Conexiones de acero al carbón para soldar a tope
7307.93.01
China
5 de agosto de 2024
28 de junio de 2024
Malla o tela galvanizada de alambre de acero al carbón, en forma de cuadrícula
7314.19.03
7314.19.99
7314.31.01
China
10 de octubre de 2024
3 de septiembre de 2024
Cables de acero
7312.10.01
7312.10.05
7312.10.07
7312.10.99
China
17 de diciembre de 2024
8 de noviembre de 2024
Ollas de presión de aluminio
7615.10.02
China
27 diciembre de 2024
13 de noviembre de 2024
Bobinas de papel aluminio
7607.11.01
China
28 diciembre de 2024
13 de noviembre de 2024
* Fracción arancelaria por la que ingresa el producto objeto de la cuota compensatoria, de acuerdo con la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación vigente.
** Mediante Resolución publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2013, se aceptaron los compromisos de exportadores y se suspendió el procedimiento de investigación antidumping sobre las importaciones de este producto.
Para mayor información dirigirse a la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría de Economía, sita en Calle Pachuca número 189, planta baja (área de ventanillas), Colonia Condesa, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06140, en la Ciudad de México, o bien, comunicarse a través del correo electrónico UPCIConsultas@economia.gob.mx o a los teléfonos (55) 52 29 61 00 y (55) 57 29 91 00, Ext. 33100 y 33156.
Ciudad de México, a 6 de septiembre 2023.- Con fundamento en los artículos 19, último párrafo, y 70, último párrafo, del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, firma en suplencia por ausencia de la persona Titular de la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales, el Coordinador Jurídico, Josué Moctezuma Valdez.- Rúbrica.
Fuente:
Reportacero-https://reportacero.com/avisa-se-fin-de-vigencia-de-cuotas-compensatorias-diversas-destacan-a-productos-de-acero/