El Director de Sistemas Operativos y de Pagos del instituto central, Ricardo Medina Álvarez, subrayó que las medidas adicionales en materia del cobro de comisiones dependerán del análisis y los estudios que se están llevando a cabo. "Ahora estamos enfocados prácticamente a todos los productos: desde cuentas de cheques, de nómina, tarjetas de débito y de crédito, y cajeros automáticos, tratando de que nuestros estudios se enfoquen completamente a todos los productos", añadió el funcionario. Dijo que de lo que se trata es de poner alguna regulación que contribuya a la transparencia y claridad en las comisiones y, al mismo tiempo, promueva la competencia en los servicios financieros que dan los bancos. Nuevas reglas Ricardo Medina destacó que tratándose de órdenes de transferencia de fondos, las instituciones de crédito no podrán diferenciar el importe de las comisiones en función del monto de la transferencia ni cobrar comisiones por la cancelación de tarjetas de crédito, de débito, de cuentas de depósito o de la domiciliación del pago de bienes y servicios. Tampoco podrán hacerlo simultáneamente en un mismo periodo comprendido en el estado de cuenta de un depósito a la vista (cuentas de cheques y de nómina), por el manejo de cuenta y por no mantener un saldo mínimo. "Los bancos tendrán que elegir, y si van a cobrar alguna comisión en el manejo de cuenta, por ejemplo una cuota mensual o anual, ya no pueden cobrar por no mantener un saldo mínimo, por lo que el usuario tendrá el saldo que quiera. "Si los bancos deciden cobrar alguna comisión por no mantener un saldo mínimo, ya no pueden aplicar una cuota mensual, y los bancos podrán optar por no cobrar ninguna de las dos, como es el caso de muchas cuentas de nómina que no cobran ninguna comisión", agregó. Otros conceptos por los que a partir del 21 de agosto ya no podrán aplicar el cobro de comisiones son los siguientes: apertura, manejo y por no mantener un saldo promedio mínimo en las cuentas de depósito, que los clientes a quienes les han otorgado un crédito deben abrir para realizar los cargos relativos al pago del préstamo. Por la devolución de cheques que hayan recibido para abono en alguna cuenta de depósito bancario de dinero o como medio de pago de algún crédito del cual sean acreedoras, independientemente de la causa de la devolución, y por exceder, o intentar hacerlo, el saldo de la tarjeta de débito. Tampoco podrán cobrar comisiones por la cancelación de cuentas de depósito, de medios de disposición ni del servicio de banca electrónica ni aquellas que no puedan incluirse en el Costo Anual Total (CAT), quedando fuera de esta limitación los cargos por concepto de pago anticipado, pago tardío e incumplimiento. El cobro de comisiones alternativas también quedará prohibido, salvo cuando la comisión que se cobre sea la más baja. Medina Álvarez precisó que el Banxico estará muy pendiente, supervisando que estas medidas se cumplan, y recomendó a los usuarios que detecten el incumplimiento, acudir a la Condusef. Fuente: El Financiero
BANXICO RESTRINGE COBROS BANCARIOS
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