DOF publica resoluciones en materia de comercio exterior

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Se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Décima Resolución de modificaciones a las RCGMCE referente a las importaciones temporales en su mismo estado indicadas en el artículo 106 de la Ley Aduanera.

Se incrementa el monto del pago que se hace a BANJERCITO por el trámite de importación de embarcaciones de recreo y deportivas, del tipo lancha, yate o velero; casas rodantes y vehículos, del valor equivalente en pesos de 45 dólares a 51 más IVA. Además podrá pagarse con tarjeta de crédito en los módulos CIITEV ubicados en las aduanas de entrada del país; mientras que en los consulados mexicanos ubicados en Estados Unidos solamente se podrá pagar con tarjeta de crédito o débito internacional.

Para el trámite en línea se indica un monto de 45 dólares más IVA.

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Otras modificaciones incluyen la referencia al artículo 6° de la ley respecto de la FIEL de los agentes aduanales (regla 1.1.6) y la derogación de la fracción IV de la regla 5.1.3 que señalaba la excepción del pago del DTA en importaciones bajo el Tratado de Libre Comercio con el ahora inexistente Triángulo del Norte.

 

Décima Primera Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2013.