Según un comunicado emitido en meses pasados por el Servicio de Administración Tributaria, derivado de la adición los artículos 28-A de la Ley del IVA y 15-A de la Ley del IEPS, las empresas que se encuentren al corriente del cumplimiento de sus obligaciones fiscales y aduaneras, podrán obtener una certificación, bajo las modalidades A, AA y AAA, a efecto de aplicar un crédito fiscal consistente en una cantidad equivalente al 100% del IVA e IEPS por la importación temporal de mercancías.
La certificación está dirigida a empresas que introduzcan bienes a los regímenes aduaneros de importación temporal para elaboración, transformación o reparación en programas de maquila o de exportación; de depósitos fiscales para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos; de elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado, y de recinto fiscalizado estratégico.
Adalberto Rubio Ozuna, síndico ante el Sistema de Administración Tributaria (SAT) del Consejo Empresarial de Nogales (Cenac), indicó que los contribuyentes que quieran certificarse para el IVA, tienen hasta el 15 de mayo para registrarse a través de la ventanilla única.
Agregó que el gobierno federal estableció este registro durante el presente año, por lo que deben de “subir” archivo por archivo, desde los contratos con prestadores de servicios y la opinión favorable al SAT.
Los plazos para presentar la solicitud de certificación son:
Arancel/ Zona Periodo
Empresas Certificadas 1 al 30 de abril
Pacífico Norte 15 de abril al 15 de mayo
Noroeste 3 de junio al 3 de julio
Norte Centro 7 de julio al 7 de agosto
Centro 7 de agosto al 6 de sep.
Occidente y Sur 22 de sep al 22 de octubre