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GRIFERÍA SANITARIA-REGULADORES DE FLUJO-ESPECIFICACIONES Y MÉTODOS DE PRUEBA

DECLARATORIA de vigencia de las normas mexicanas NMX-AA-161-SCFI-2015 y NMX-AA-173-SCFI-2015.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Subsecretaría de Competitividad y Normatividad.- Dirección General de Normas.- Dirección de Normalización.

DECLARATORIA DE VIGENCIA DE LAS NORMAS MEXICANAS NMX-AA-161-SCFI-2015 Y NMX-AA-173-SCFI-2015.
La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 fracciones II, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 fracción X, 51-A, 51-B y 54 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 45 y 46 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 21 fracciones I, IX y XXI del Reglamento Interior de esta Secretaría y habiéndose satisfecho el procedimiento previsto por la Ley de la materia para estos efectos, expide la declaratoria de vigencia de las normas mexicanas que se enlistan a continuación,mismas que han sido elaboradas, aprobadas y publicadas como proyectos de normas mexicanas por el Comité Técnico de Normalización Nacional de Medio Ambiente y Recursos Naturales (COTEMARNAT), lo que se hace del conocimiento de los productores, distribuidores, consumidores y del público en general. El texto completo de las normas que se indican pueden ser adquiridas gratuitamente en la biblioteca de la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en Puente de Tecamachalco número 6, colonia Lomas de Tecamachalco, Sección Fuentes, Naucalpan de Juárez, código postal 53950, Estado de México.
Las presentes normas mexicanas NMX-AA-161-SCFI-2015 y NMX-AA-173-SCFI-2015 entrarán en vigor a los 60 días naturales posteriores a la publicación de esta declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación.
CLAVE O CÓDIGO
TÍTULO DE LA NORMA
NMX-AA-161-SCFI-2015
GRIFERÍA SANITARIA-REGULADORES DE FLUJO-ESPECIFICACIONES Y MÉTODOS DE PRUEBA.
Objetivo y campo de aplicación
Esta norma mexicana tiene por objetivos:
–    Establecer las especificaciones mínimas que deben cumplir los reguladores de flujo;
–    Los métodos de prueba para verificar su cumplimiento; y
–    Los requisitos que deben incluir en el marcado de información al público.
Esta norma mexicana aplica a Reguladores de Flujo que sean fabricados, importados o comercializadosen los Estados Unidos Mexicanos, y que sean destinados a su montaje en grifería sanitaria instalada enbaños y cocinas.
Concordancia con Normas Internacionales
Esta Norma Mexicana no coincide con ninguna norma internacional por no existir Norma Internacionalsobre el tema tratado.
Bibliografía
–    Ley de Aguas Nacionales, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de diciembre de 1992,última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2014.
–    Ley Federal sobre Metrología y Normalización, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 dejulio de 1992, última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de julio de 2014.
–    NOM-011-SESH-2012, Calentadores de agua de uso doméstico y comercial que utilizan comocombustible Gas L.P. o Gas Natural.- Requisitos de seguridad, especificaciones, métodos de prueba,marcado e información comercial (cancela a la NOM-020-SEDG-2003), publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de abril de 2013.
–    NMX-Z-013/1-1977, Guía para la redacción, estructuración y presentación de las normas mexicanas,publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de octubre de 1977.
–    Norma Chilena Nch 3203-2010, Grifería sanitaria Reguladores de flujo Requisitos, publicada por elInstituto Nacional de Normalización INN-Chile, año 2010.
–    Norma Chilena Nch 3196/2-2010, Duchas Parte 2: Duchas eficientes Regadera, conectores, accesorios de unión y soportes, con o sin regulador de flujo Requisitos, publicada por el Instituto Nacional de Normalización INN-Chile, año 2010.
 
NMX-AA-173-SCFI-2015
PARA EL REGISTRO DE PROYECTOS FORESTALES DE CARBONO Y LA CERTIFICACIÓN DEL INCREMENTO EN EL ACERVO DE CARBONO.
Objetivo y campo de aplicación
Esta Norma Mexicana establece las especificaciones y los requisitos mínimos para obtener el registro deproyectos forestales de carbono y la certificación del incremento en los acervos de carbono generados pordichos proyectos.
La Norma es de cumplimiento voluntario y es aplicable dentro del territorio nacional a propietariosforestales bajo cualquier régimen de propiedad (ejidal, comunal, propiedad privada o federal) interesadosen el desarrollo y obtención del registro de proyectos forestales de carbono y la certificación del incremento en los acervos de carbono generados por dichos proyectos.
Concordancia con Normas Internacionales
Esta norma mexicana no coincide con ninguna norma internacional por no existir una Norma Internacionalsobre el tema tratado.
Bibliografía
–    Ley Federal sobre Metrología y Normalización, publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 1 dejulio de 1992, última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de julio de 2014.
–    Ley General de Cambio Climático, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 06 de junio de 2012, últimas reformas publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 13 de mayo de 2015.
–    Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 defebrero de 2003, última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de marzo de 2015.
–    Ley de Desarrollo Rural Sustentable, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 07 de diciembrede 2001, última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de enero de 2012.
–    Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, publicado en el Diario Oficial de laFederación el 14 de enero de 1999, última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28de noviembre de 2012.
–    Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, publicado en el Diario Oficial de laFederación el 21 de febrero de 2005, última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de octubre de 2014.
–    NMX-AA-143-SCFI-2008, Para la certificación del manejo sustentable de los bosques, declaratoria devigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 08 de septiembre de 2008.
–    Reglas de operación del Programa Nacional Forestal 2013, publicadas en el Diario Oficial de laFederación el 08 de marzo de 2013.
 
México, D.F., a 21 de abril de 2015.- El Director General de Normas y Secretariado Técnico de la Comisión Nacional de Normalización, Alberto Ulises Esteban Marina.- Rúbrica.

 

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