sábado, abril 20, 2024
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Lineamientos para cambio de Medio de Transporte

El jueves 29 de agosto en el Km. 1-495, entre Fernández y Alzada Colima, ocurrio un accidente ferroviario que ha originado suspensión temporal de este servicio.

El día 04 de Septiembre de 2013 la Aduana de Manzanillo emitió lineamientos que permitirán efectuar el cambio del medio de transporte de salida de la Aduana declarado en el pedimento, de FERROCARRIL a CARRETERO.

Por instrucción del Lic. Jorge Daniel Castro Acedo Administrador de la Aduana de Manzanillo quien con fundamento en el artículo 11 fracciones XVI y XXI del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria y derivado de la contingencia suscitada por el accidente ferroviario y con el objeto de disminuir las afectaciones que la suspensión de este servicio genera, ha determinado emitir lineamientos para permitir el cambio de medio de transporte de salida de la Aduana ferrocarril a carretero, para lo cual, los importadores que deseen apegarse a esta facilidad deberán realizar lo siguiente:

  1. La facilidad se considera para los pedimentos modulados entre el 23 de agosto de 2013 y el 3 de septiembre de 2013, con modalidad de transporte ferroviario que no hayan podido salir del recinto portuario por el accidente mencionado y que señalen a la Aduana de Manzanillo para su despacho o de inicio de transito por ferrocarril, podrán solicitar el cambio de medio de transporte de salida por oficialía de partes, anexando copia del pedimento modulado originalmente y el rectificado con el medio de transporte carretero.
  2. Los Recintos Fiscalizados podrán permitir la salida de la mercancía de comercio exterior en un horario de 07:00 a 10:00 Hrs, una vez que cuenten con copia del acuse de recibo de oficialía de partes del trámite realizado.
  3. El operador del autotransporte deberá portar la documentación en copia de la promoción y sus anexos para presentarlos ante los módulos de selección automatizada carreteros.
  4. La mercancía de comercio exterior se posicionará en la plataforma de reconocimiento aduanero para revisar física y documentalmente la operación, así como para validar que no haya existido una salida previa de la mercancía por otro medio de transporte.
  5. En el caso de tránsitos iniciados en la Aduana de Manzanillo, deberán solicitar en la promoción el arribo en la misma Aduana y presentar ante los módulos de selección automatizada carretero el nuevo pedimento de tránsito propio de este medio de transporte, señalando correctamente la Aduana de destino.
  6. Para pedimentos con remesas de consolidados, deberá abrirse un nuevo pedimento consolidado que señale el medio de transporte de salida carretero.
  7. Para las autorizaciones de copia simple de ferrocarril, deberá rectificarse el pedimento con medio de salida carretero y solicitar autorización de copias simples para el nuevo pedimento.

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