martes, noviembre 5, 2024
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Mercancía de pasajeros vacacionistas

Este mecanismo actualmente solo puede aplicarse por los pasajeros procedentes del extranjero que arriban al Aeropuerto Internacional de San Luis Potosí. Durante este verano habrá personas que decidan visitar algún destino interesante fuera del país; quienes anticipadamente preparan lo suficiente para cuando tengan que partir (dinero, equipaje y artículos acorde al lugar a visitar, identificaciones oficiales, visas –de requerirse– y pasaportes vigentes, etc.), pero se olvidan de algo, no prevén las implicaciones que tendrá su regreso, si llegarán a traer mercancías que no forman parte de su equipaje personal.

Fuente:idc Online

Ello no quiere decir que esté prohibido traer bienes y artículos adquiridos en el extranjero, o portar grandes cantidades de dinero, simplemente que deben declararse en la aduana; no hacerlo traerá implicaciones, tal como puede apreciarse enseguida.


Procedimiento simplificado

Asimismo, se debe saber que la regla 3.2.6., de las Reglas Generales de Comercio Exterior 2019, prevé un procedimiento simplificado para la revisión de equipajes o mercancías que traigan consigo los pasajeros internacionales que ingresen al país, al cual podrán apegarse para ahorrarse tiempo.

No obstante, que este mecanismo actualmente solo puede aplicarse por los pasajeros procedentes del extranjero que arriban al Aeropuerto Internacional de San Luis Potosí, es importante conocer en qué consiste, pues se espera que pronto sea liberado en cada una de las aduanas del país.

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Cortesía de Investing.com

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