domingo, abril 28, 2024
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Modifican asignación de cupo de exportación de autos del ACE 55

La Secretaría de Economía (SE) publicó en el Diario Oficial la modificación al saldo y asignación del cupo para la exportación de vehículos ligeros nuevos hacia Brasil para el periodo comprendido del 19 de marzo de 2012 al 18 de marzo de 2013.

Esta reforma aplica también para el cupo y los montos asignados para los periodos comprendidos entre el 19 de marzo de 2013 al 18 de marzo de 2014 y 19 de marzo de 2014 al 18 de marzo de 2015, conforme al Apéndice II Sobre el Comercio en el Sector Automotor entre Brasil y México del Acuerdo de Complementación Económica (ACE) 55.

La modificación, vigente a partir de partir de hoy, estipula los montos de cupo no ejercidos al 30 de noviembre que conforme al plan de exportaciones de vehículos en valor (en dólares americanos) a Brasil excedan el 7.0 por ciento del monto correspondiente al periodo marzo-noviembre.

De igual forma, los correspondientes de diciembre a marzo que con la información disponible al mes de noviembre y de acuerdo con el plan de exportaciones no serán utilizados durante su vigencia, se distribuirán a prorrata con base en las exportaciones a Brasil realizadas de marzo a noviembre entre las armadoras solicitantes.

Las empresas interesadas en participar en dicha distribución deberán presentar solicitud ante la Dirección General de Comercio Exterior de la Secretaría de Economía, mediante escrito libre dentro de los primeros cinco días hábiles de diciembre.

La dependencia dará a conocer la distribución de los montos no utilizados, mediante publicación en el Diario Oficial a más tardar el 15 de enero.

Para el periodo del 19 de marzo de 2012 al 18 de marzo de 2013, la distribución se realizará considerando la información disponible al próximo 15 de octubre y las empresas interesadas deberán presentar sus solicitudes a más tardar en esa misma fecha y su distribución será publicada a más tardar el 30 de noviembre de este año.

A las empresas que no hayan utilizado la totalidad del cupo asignado para los periodos comprendidos del 19 de marzo de 2012 al 18 de marzo de 2013, y del 19 de marzo de 2013 al 18 de marzo de 2014, se reducirá la asignación que les corresponda al siguiente periodo en el monto no utilizado que exceda en 10 por ciento del cupo asignado.

El monto resultante de dicha reducción será distribuido en forma proporcional según sus exportaciones a Brasil durante el ciclo anual anterior entre las empresas que lo soliciten.

Las empresas interesadas en participar en dicha distribución deberán presentar solicitud ante la Dirección General de Comercio Exterior de la SE, mediante escrito libre, a más tardar el último día hábil de abril de 2013 y 2014, según corresponda.

Asimismo, no podrán participar en la distribución a que se refiere la presente fracción las empresas cuya asignación haya sido disminuida.

La Secretaría de Economía dará a conocer la distribución del cupo, mediante publicación en el Diario Oficial a más tardar el último día hábil de mayo de 2013 y 2014, según corresponda.

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