viernes, abril 19, 2024
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Navieras delinean requisitos para cumplir con Complemento de Carta Porte

Navieras internacionales que operan en México buscan que tanto clientes como proveedores entreguen información para cumplir con el nuevo Complemento de Carta Porte (CFDI) obligatorio a partir del 30 de septiembre de 2021, esto con la finalidad de evitar retrasos o detenciones de la carga; aunque las transportistas marítimas no están obligadas a cumplir con este requisito fiscal.

Navieras delinean requisitos para cumplir con Complemento de Carta Porte

De este modo, Hapag-Lloyd México está solicitando a los transportistas terrestres que contrata que su emisión se realice en los términos establecidos por las leyes fiscales vigentes, lo cual asegurará que, por esta razón, la carga no será detenida por ninguna autoridad.

La naviera detalló a sus clientes que, con el fin de evitar algún retraso en el transporte terrestre, es importante que todos los clientes proporcionen la información obligatoria para la emisión del complemento de la carta porte, ya que sin este documento no se podrá iniciar el viaje.

“Los transportistas terrestres que contratamos serán los únicos que emitirán a Hapag-Lloyd México el complemento de la carta porte que se requiere acompañar durante el viaje, ya que son ellos los que cuentan con los medios de transporte (tractocamiones) y con los permisos de autotransporte federal de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, por lo cual, no es requerido emitir un segundo complemento de carta porte (de traslado) de Hapag-Lloyd México”, sostuvo.

Por otra parte, enfatizó que el servicio de transporte marítimo internacional está amparado con el conocimiento de embarque (BL), emitido por la empresa Hapag-Lloyd AG -residente en Alemania-, mismo que hace las veces de carta porte, por lo cual, no es aplicable la emisión del nuevo complemento de carta porte del marítimo.

Sin embargo, alertó a sus clientes que, cuando sus reservaciones de servicio incluyan transporte terrestre y ferroviario, Hapag-Lloyd estará transmitiendo a los transportistas la información que los clientes proporcionen, por lo que solicitó que, a partir del 1 de septiembre de 2021, se aseguren de incluir en sus solicitudes de servicio documentados vía Booking y/o BL’s, algunos datos, tanto para carga de importación, como de exportación.

En ese sentido, pidió que le sean remitidos el RFC del embarcador y consignatario (en caso de extranjeros su Tax ID y país de residencia fiscal); asimismo, la clave de todos y cada uno de los tipos de mercancías que se transportan, de acuerdo con los catálogos del Servicio de Administración Tributaria (SAT), cuya información deberá incluirse en el Booking en la sección de descripción de la mercancía, iniciando con la clave de la mercancía correspondiente.

Por cada bien o mercancía, se deberá especificar la cantidad, peso en kilogramos y clave de unidad de medida de acuerdo con el catálogo del SAT. En su caso, clave de tipo de carga peligrosa y clave de tipo de embalaje; domicilio del origen y destino de la carga, que incluya por lo menos, calle, municipio, estado, país y código postal. Los datos anteriores, son esenciales para la emisión del nuevo Complemento de Carta Porte ya que, sin éste, no podrá iniciar el transporte terrestre.

Respecto del alcance a las disposiciones publicadas por el SAT, en específico la regla 2.7.1.9 de la Resolución Fiscal Miscelánea, Mediterranean Shipping Company México (MSC México) sostuvo que no se encuentra en los supuestos instruidos por la autoridad para la emisión del CFDI de tipo traslado con el llamado Complemento de la Carta Porte, ya que solo estarán obligados a emitir dicho documento los transportistas que cuenten directamente con los medios de transporte y permisos para tales efectos.

“Por lo que respecta al Servicio de Transporte Marítimo Internacional, servicio prestado por Mediterranean Shipping Company, S.A., al tratarse de un residente en el extranjero, no le es aplicable esta disposición y continuará emitiendo el conocimiento de embarque (Bill of Lading o BL) sin cambios”, detalló la firma.

Aunado a lo anterior, dijo que “es importante mencionar que el SAT ha dado a conocer una versión anticipada de la regla de la Resolución Miscelánea que regula el Complemento de Carta Porte, en donde se cambia el supuesto sobre quien se encuentra obligado a emitir dicho documento, de publicarse esta disposición en el diario oficial, MSC México, estaría obligado a emitir el

“Complemento de Carta Porte”, sólo por los servicios de transporte que sean contratados como cargos locales, es decir fuera de BL”.

En ese tenor, MSC está pidiendo a todos los transportistas terrestres que trabajan con la empresa que garanticen la emisión en tiempo y forma del documento para que no haya ningún incidente con la carga. Para lograr lo anterior, hay diversos datos que serán indispensables que sean proporcionados oportunamente para que a su vez sean transferidos a los transportistas y estén en capacidad de emitir el nuevo CFDI “Complemento de Carta Porte”.

Esta información deberá ser transmitida a MSC, para el caso de exportación, al momento de solicitar la reservación (booking); mientras que, en importación, al momento de presentar la solicitud de transporte (usualmente por el agente aduanal).

A su vez, Hapag-Lloyd resaltó que, con relación al transporte marítimo, las reglas actuales no obligan a las navieras extranjeras a emitir el Complemento de Carta Porte, sin embargo, aun así, Hapag-Lloyd y la Asociación Mexicana de Agentes Navieros (Amanac), por separado, están teniendo acercamientos con el SAT, con el fin de que esta autoridad, en su caso, haga las aclaraciones correspondientes.

Fuente:

Portal Portuario-https://portalportuario.cl/mexico-navieras-delinean-requisitos-para-cumplir-con-complemento-de-carta-porte/

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Cortesía de Investing.com

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