sábado, abril 27, 2024
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OMC elimina obligatoriedad del agente aduanal

 Esta medida forma parte del acuerdo sobre facilitación comercial que aprobó el organismo el fin de semana, en el que se desmantelan obstáculos al comercio relacionados con los procesos en las aduanas y en los puertos.

“Sin perjuicio de las preocupaciones políticas importantes de algunos miembros por mantener actualmente un especial papel de sus agentes aduanales, los miembros no deben introducir el uso obligatorio de agentes aduanales desde la entrada en vigor de este acuerdo”, establece el documento.

Convinieron que cada miembro debe notificar y publicar sus medidas sobre el uso de agentes aduanales, las modificaciones subsecuentes relacionadas con este tema deben ser notificadas al Comité de Facilitación Comercial de la OMC y publicadas inmediatamente.

Otro de sus compromisos fue aplicar reglas “transparentes y objetivas” con respecto a las licencias de los agentes aduanales.
En México, la Secretaría de Hacienda publicó ayer en el 
Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Aduanera, en donde introduce cambios que van de acuerdo con las disposiciones multilaterales.

Con las modificaciones se permitirá a las empresas realizar directamente el despacho aduanero, brindando nuevas facilidades y dando la opción de prescindir de los agentes aduanales.

Las empresas que no contraten un agente aduanal se obligan a realizar el despacho aduanero a través de su representante legal, mismo que deberán acreditar ante el Servicio de Administración Tributaria, en los términos y condiciones que se establezcan en el reglamento (aún sin publicarse).

Los representantes legales deberán reunir al menos los siguientes requisitos: ser persona física y estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, ser de nacionalidad mexicana, acreditar la existencia de una relación laboral con el importador o exportador, entre otras.

DAN UN AÑO PARA NUEVOS REGLAMENTOS ADUANEROS.

A pesar de que la reforma a la Ley Aduanera entra en vigor a partir de mañana, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) tendrá como plazo hasta un año para emitir las disposiciones jurídicas para los mecanismos que deberán utilizar los importadores y exportadores que opten por despachar directamente sus mercancías. En tanto se expida el reglamento respectivo, seguirá en vigor el actual.

Así lo dio a conocer la Secretaría de Hacienda, a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), debido a que con la reforma ya no será obligatorio el servicio que presta el agente aduanal, por lo que la figura de los agentes aduanales sustitutos y los apoderados aduanales desaparecen.

Por lo anterior, Hacienda dio a conocer, mediante la Tercera Resolución de Modificaciones a las Reglas de Comercio Exterior 2013, que se dará un plazo a más tardar el 30 de agosto del 2014 para que los agentes aduanales sustitutos puedan concluir sus trámites para obtener la patente, siempre y cuando el agente aduanal que los designó se retire voluntariamente, para lo cual tendrá hasta 24 meses para solicitar su retiro.

Para estos efectos, el SAT dará a conocer las fechas en que se practicarán los exámenes de conocimientos y psicotécnico, éste último constará de dos etapas, que serán practicados por única ocasión.

Precisó que los apoderados aduanales en activo estarán vigentes en tanto su autorización no se cancele o extinga.

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