miércoles, abril 24, 2024
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Piden a Pemex entregar informe de ingresos de 2006 a 2011

El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) instruyó a Petróleos Mexicanos (Pemex) hacer una nueva búsqueda exhaustiva  y dar a conocer el total de ingresos obtenidos del 1 de diciembre de 2006 al 15 de mayo de 2011, por concepto de aumentos a precios al diesel y a las gasolinas magna y premium.

Lo anterior, luego de que un particular solicitó la siguiente información: 1) Cuál es la metodología, procedimiento o norma mediante la cual se determina el precio de las gasolinas Magna y Premium, así como del Diesel; 2) El total de ingresos obtenidos del 1 de diciembre de 2006 al 15 de mayo de 2011, por concepto de aumentos a las gasolinas Magna, Premium y Diesel; 3) Cuál es el costo que le genera a Petróleos Mexicanos producir y/o refinar gasolinas Magna y Premium, así como Diesel; y 4) Cuánto ha gastado la actual administración federal por concepto de importación de gasolinas Magna, Premium y Diesel, del 1 de diciembre de 2006 al 15 de mayo de 2011.

En su respuesta, la paraestatal manifestó que la información solicitada en los numerales 1, 2 y 3 no es de su competencia y orientó al particular para que presentara su petición ante Pemex Refinación.

Respecto al numeral 4, Pemex proporcionó el documento “Valor de las Importaciones de Gasolinas y Diesel”, correspondiente al periodo de interés, el cual contiene el desglose de importaciones de diesel y de las gasolinas magna y premium.

Sin embargo, el ahora recurrente se inconformó y presentó recurso de revisión ante este Instituto, mediante el cual manifestó que la entidad no atendió el requerimiento número 2, relacionado con el total de ingresos obtenidos, por concepto de aumentos a los combustibles en cuestión, pese a que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público lo orientó, previamente, para que solicitara dichos datos a Pemex.

En alegatos, la entidad señaló que si bien la SHCP indicó al recurrente que el área encargada de comercializar dichos productos es Petróleos Mexicanos, la que comercializa esos productos es el organismo subsidiario Pemex Refinación, que cuenta con su propia Unidad de Enlace.

Al analizar la normatividad aplicable y luego de buscar información en el portal electrónico de Pemex, la comisionada María Elena Pérez-Jaén determinó que Pemex es competente para conocer de la información solicitada, toda vez, que entre sus atribuciones se encuentran las actividades relacionadas con el establecimiento y registro del precio de los productos que ofrecen la entidad y sus organismos subsidiarios.

Destacó que para dichas actividades, la entidad cuenta la Subdirección de Planeación Económica y la Gerencia de Precios, encargadas, entre otras cosas, de la elaboración de estudios de mercado y diversos análisis, que implican la recolección de información, que bien podría tratarse de los ingresos derivados de la variable “aumento de precio” por la venta de gasolinas y otros productos.

Aunado a lo anterior, la comisionada Pérez-Jaén dijo haber encontrado información publicada por Pemex relacionada con los ingresos por venta de diesel y gasolinas magna y Premium, por lo que concluyó que la entidad puede contar con los datos requeridos por el ahora recurrente.

En razón de lo anterior, el Pleno del IFAI acordó revocar la respuesta de Pemex e instruirle a hacer una búsqueda exhaustiva de la información en todas sus unidades competentes, en las que no podrá omitir a la Subdirección de Planeación Económica y la Gerencia de Precios.

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