El pasado 26 de junio de 2012 la República Argentina suspendió de manera unilateral el ACE 55, incluidos sus Anexos y el Apéndice I; ante esta situación México activó los mecanismos disponibles para solucionar disputas comerciales en el marco de la ALADI iniciando consultas con ese país.
El pasado 14 de diciembre de 2012 la República Argentina publicó en su Boletín Oficial el retiro de la suspensión unilateral mencionada en el cuarto considerando; que a fin de restablecer las corrientes de comercio bilaterales, atendiendo las circunstancias imperantes en el sector automotor de ambos países y promoviendo el desarrollo de esta industria, los Estados Unidos Mexicanos y República Argentina suscribieron el Cuarto Protocolo Adicional al Apéndice I “Sobre el Comercio en el Sector Automotor entre Argentina y México” del ACE 55.
Los Plenipotenciarios de la República Argentina y de los Estados Unidos Mexicanos, acreditados por sus respectivos Gobiernos según poderes otorgados en buena y debida forma, oportunamente depositados en la Secretaría General de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), convencidos de la importancia de atender las circunstancias imperantes en el sector automotor de ambos países, reiterando la conveniencia de promover el desarrollo de la industria automotriz frente a la coyuntura internacional, reconociendo la importancia de preservar las corrientes de comercio bilaterales, confirmando el interés en continuar trabajando mutuamente por alcanzar los objetivos del Acuerdo de Complementación Económica No. 55.
La República Argentina y los Estados Unidos Mexicanos acuerdan mantener en vigencia y aplicación todas las disposiciones del Acuerdo de Complementación Económica No. 55, de sus Anexos y del Apéndice I “Sobre el Comercio en el Sector Automotor entre la Argentina y México”.
No obstante lo dispuesto en los artículos 5° del Acuerdo y 3° del Apéndice l, del presente protocolo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), las Partes se otorgarán, de forma recíproca y temporal, un arancel de cero por ciento (0%).
El Acuerdo también establece cupos adicionales para aquellas empresas en México que importen vehículos de Argentina en exceso de las importaciones que realizaron en el 2011 desde aquel país.
Asimismo, el protocolo modificatorio establece un incremento en el contenido de componentes regional para los vehículos que se comercian bilateralmente al amparo del ACE 55 de 30 a 35 por ciento a partir del 19 de marzo de 2013.
Las empresas exportadoras podrán solicitar una prórroga de un año para cumplir con el 35 por ciento para un modelo específico si presenta, para ese modelo, un programa de integración de partes y componentes de México y el Mercosur que les permita alcanzar el 35 por ciento de contenido regional a más tardar el 19 de marzo de 2014.
El presente Protocolo entrará en vigor a más tardar el 18 de diciembre de 2012, una vez que las partes hayan comunicado a la Secretaría General de la ALADI el cumplimiento de las formalidades necesarias para la incorporación de éste a sus respectivos ordenamientos jurídicos.
