sábado, abril 27, 2024
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Acuerdo por el que se establecen plazos menores, Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

ACUERDO por el que se establecen plazos menores, se exime de la presentación de documentos, se digitalizan y se eliminan trámites que se realizan ante la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

GERARDO RUIZ ESPARZA, Secretario de Comunicaciones y Transportes, con fundamento en los artículos 2, fracción I, 12, 14, 16, 26 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4, 17, 69-C y 69-N de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 2, fracciones XVI, XVII, XVIII y XXII, 3 y 4 del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y artículos 1, 2, y 3 fracción VIII, del Decreto por el que se crea la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario, como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y
CONSIDERANDO
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, establece como estrategia transversal un Gobierno Cercano y Moderno, que simplifique la normatividad y los trámites gubernamentales. Para lo cual, las políticas y programas existentes deben estar orientados a resultados, optimizando el uso de los recursos públicos, utilizando las nuevas tecnologías de la información y comunicación e impulsando la transparencia y rendición de cuentas;
Que el Presidente de la República instruyó a los Titulares de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal a incrementar sus esfuerzos en materia de Mejora Regulatoria, con la finalidad de reducir la carga regulatoria de trámites y servicios prioritarios del Gobierno Federal;
Que en atención a la Instrucción Presidencial referida, la Secretaría de Economía, a través de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, identificó los 85 trámites y servicios de más alto impacto de la Administración Pública Federal, entre los que se encuentran trámites de esta Secretaría;
Que derivado de lo anterior, esta Dependencia del Ejecutivo Federal, en coordinación con la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, puso en marcha una Estrategia para la revisión, análisis e implementación de acciones de mejora para trámites a cargo de la Dirección General de Aeronáutica Civil, de la Dirección General de Autotransporte Federal, de la Dirección General de Desarrollo Ferroviario y Multimodal, de la Dirección General de Puertos y de la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario;
Que la Ley Federal de Procedimiento Administrativo establece la facultad de los Titulares de las Dependencias de la Administración Pública Federal para, mediante Acuerdos Generales publicados en el Diario Oficial de la Federación, fijar plazos de respuesta menores dentro de los máximos previstos en leyes o reglamentos y no exigir la presentación de datos y documentos previstos en las disposiciones mencionadas, cuando puedan obtener por otra vía la información correspondiente;
Que para contribuir al cumplimiento de las metas sexenales establecidas en el Programa para un Gobierno Cercano y Moderno 2013-2018 y en relación con el proceso de Mejora Regulatoria que lleva a cabo la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN PLAZOS MENORES, SE EXIME DE LA PRESENTACIÓN DE
DOCUMENTOS, SE DIGITALIZAN Y SE ELIMINAN TRÁMITES QUE SE REALIZAN ANTE LA
SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
Artículo primero.- Se reducen los plazos máximos que tiene la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, para resolver los trámites que a continuación se señalan para quedar conforme lo siguiente:
Dirección General de Aeronáutica Civil
Homoclave del
Trámite
Nombre del trámite y/o modalidad
Plazo máximo para resolver el
trámite
SCT-02-208-A
Reglas de Operación de los AeródromosCiviles.-Autorización de las Reglas deOperación de los Aeródromos Civiles.
45 días naturales
SCT-02-208-B
Reglas de Operación de los AeródromosCiviles.- Autorización de enmiendas orevisiones a las Reglas de Operación de losAeródromos Civiles.
30 días naturales
 
Dirección General de Autotransporte Federal
Homoclave del
Trámite
Nombre del trámite y/o modalidad
Plazo máximo para resolver el
trámite (al realizarlo a través de
medios electrónicos)
SCT-03-058
Permiso para la operación y explotación de los Servicios de Autotransporte Federal deTurismo.
7 días hábiles
SCT-03-043-B
Expedición de permiso para la operación yexplotación de los servicios de transporteprivado de carga, personas físicas.
7 días hábiles
 
Dirección General de Desarrollo Ferroviario y Multimodal
Homoclave del
Trámite
Nombre del trámite y/o modalidad
Plazo máximo para resolver el
trámite
SCT-04-018
Autorización para la instalación de líneas detransmisión eléctrica, fibra óptica, postes,cercas, ductos de petróleo o sus derivados, ocualquier otra obra subterránea, superficial oaérea, en las vías generales de comunicaciónferroviaria.
35 días naturales
 
Dirección General de Puertos
Homoclave del
Trámite
Nombre del trámite y/o modalidad
Plazo máximo para resolver el
trámite
SCT-06-013-A
Expedición de permiso para prestar serviciosportuarios.
60 días naturales
SCT-06-013-B
Expedición de permiso para prestar servicioportuario de suministro de agua potable.
60 días naturales
SCT-06-013-C
Expedición de permiso para prestar servicioportuario de recolección de basura yeliminación de aguas residuales.
60 días naturales
SCT-06-013-D
Expedición de permiso para prestar servicioportuario de combustible.
60 días naturales
 
Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario
Homoclave del
Trámite
Nombre del trámite y/o modalidad
Plazo máximo para resolver el
trámite
SCT-04-003
Solicitud de asignación de inicial al equipotractivo y de arrastre ferroviarios.
10 días naturales
Artículo segundo.- Se exime de la presentación de los siguientes documentos para los trámites que se señalan a continuación:
Dirección General de Autotransporte Federal
Homoclave del
Trámite
Nombre del trámite y/o modalidad
Requisitos eliminados para
trámite presencial
SCT-03-058
Permiso para la operación y explotación de los Servicios de Autotransporte Federal deTurismo.
1.- Comprobante de pago delimpuesto de tenencia o uso devehículos automotores de losúltimos 5 años.
SCT-03-043-B
Expedición de permiso para la operación yexplotación de los servicios de transporteprivado de carga, personas físicas.
1.- Comprobante de pago delimpuesto de tenencia o uso devehículos automotores de losúltimos 5 años.
 
Dirección General de Autotransporte Federal
Homoclave del
Trámite
Nombre del trámite y/o modalidad
Requisitos eliminados para
trámite realizado a través de
medios electrónicos
SCT-03-058
Permiso para la operación y explotación de los Servicios de Autotransporte Federal deTurismo.
1.- Solicitud con firma autógrafa (se realizará en línea con firmaelectrónica avanzada).
2.- Documento con el que seacredite la inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (el RFC y nombre o denominación social delsolicitante se validarán de formaremota).
3.- Documento con el que seacredite la personalidad jurídica del solicitante al realizar más de un trámite (bastará con presentarlo una sola vez).
4.- Certificado de baja emisión decontaminantes (se validará enlínea).
5.- Documento con el que seacredite la legal importación delvehículo (se verificará con el SAT).
 
SCT-03-043-B
Expedición de permiso para la operación yexplotación de los servicios de transporteprivado de carga, personas físicas.
1.- Solicitud con firma autógrafa (se realizará en línea con firmaelectrónica avanzada).
2.- Documento con el que seacredite la inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (el RFC y nombre o denominación social delsolicitante se validarán de formaremota).
3.- Documento con el que seacredite la personalidad jurídica del solicitante al realizar más de un trámite (bastará con presentarlo una sola vez).
4.- Certificado de baja emisión decontaminantes (se validará enlínea).
5.- Documento con el que seacredite la legal importación delvehículo (se verificará con el SAT).
 
Artículo tercero.- Se eliminan los trámites que a continuación se señalan:
Dirección General de Desarrollo Ferroviario y Multimodal
Homoclave del
Trámite
Nombre del trámite y/o modalidad
SCT-04-016
Autorización para la cesión parcial o total de derechos y obligaciones establecidos enlas concesiones o permisos para la explotación y prestación de servicios ferroviarios.
SCT-04-057
Aviso del establecimiento de puntos de interconexión distintos a los establecidos por la Secretaría.
SCT-04-059
Conservación de los registros de los reportes de las inspecciones de las vías férreas,de las señales, y de las instalaciones y sistemas de telecomunicaciones por parte delos concesionarios.
 
Artículo cuarto.- Se digitalizan a su máximo nivel los trámites que se señalan en el presente Acuerdo, con excepción de aquellos a cargo de la Dirección General de Puertos así como los que se eliminan, y podrán ser realizados a través de medios electrónicos en el portal http://www.gob.mx/tramites/comunicaciones-y-transportes.
Transitorios
Primero.- Las acciones de mejora contenidas en el presente Acuerdo entrarán en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo.- Los asuntos que se encuentren en trámite a la entrada en vigor del presente Acuerdo, se atenderán hasta su conclusión conforme a los plazos y requisitos establecidos en los ordenamientos vigentes.
Tercero.- Para los trámites de la Dirección General de Puertos que se señalan en el presente Acuerdo, el plazo máximo de resolución será de 60 días naturales, salvo que por la complejidad de la resolución sea necesario un plazo mayor, que no podrá exceder de 90 días naturales.
Cuarto.- Quedan sin efectos, para los trámites SCT-03-006-A, SCT-03-006-B, SCT-03-043-B, SCT-04-003 y SCT-04-016 las acciones de mejora establecidas en el Acuerdo por el que se establecen plazos menores, se exime de la presentación de documentos, y se establece la afirmativa ficta en trámites que se realizan ante la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, publicado el 22 de octubre de 2010 en el Diario Oficial de la Federación.
Quinto.- En un plazo de diez días hábiles siguientes a la entrada en vigor del presente Acuerdo, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes notificará a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria las modificaciones a la información inscrita en el Registro Federal de Trámites y Servicios, conforme lo establece el artículo 69-N de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Ciudad de México, a 16 de enero de 2017.- El Secretario de Comunicaciones y Transportes, Gerardo Ruiz Esparza.- Rúbrica.
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