Colombia acepta modificar el arancel que grava la importación de calzado y confecciones

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El nuevo Decreto 456 de 2014 –expedido el pasado 28 de febrero-, “por el cual se modifica parcialmente el arancel de aduanas”, servirá en la práctica para restringir las importaciones “con precios artificialmente bajos de calzado y confecciones” en Colombia. Su aplicación será efectiva a partir del próximo 30 de marzo, con una vigencia programada de dos años, según informa el diario ‘La República’.

La medida constituye una prórroga del antiguo Decreto 074 de enero de 2013, adoptado en su día para “defender al sector manufacturero” ya que, tal y como apunta el rotativo, “los aranceles que pagaban ciertos importadores de productos que no se elaboran en el país eran muy altos y no permitían que ciertos comerciantes tuvieran competitividad para ofrecer precios eficientes”.

La viceministra de Industria, María del Mar Palau, ha informado de que “en el caso del sector textil, el umbral será de 10 dólares (7,28 euros) por kilogramo de confección. Todo lo que se importe por debajo de ese valor va a seguir pagando el mismo arancel mixto actual, es decir, el 10% más cinco dólares (3,64 euros) por kilo. Y todo lo que se importe por encima de 10 dólares, pagará un 10% más tres dólares (2,18 euros) por kilogramo”.

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Para el rubro del calzado, el umbral para el sector será de siete dólares (5,09 euros). Así, para el par de zapatos que se importe por debajo de ese valor, se mantiene el gravamen actual del 10% más cinco dólares. Mientras, para las compras al exterior por encima de siete dólares, la medida se modifica y se establece en 1,75 (1,27 euros) por cada par más un 10%.

En virtud del citado Decreto 456 se excluyen los artículos provenientes de los países con los cuales Colombia mantiene un acuerdo comercial vigente y estas ‘subpartidas’ hayan sido negociadas.