sábado, mayo 18, 2024
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VENEZUELA: Seniat agiliza trámites para el comercio internacional

Como parte del fortalecimiento de la economía productiva que promueve el Gobierno Bolivariano, a través del despliegue del Motor Exportador, el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) incentiva el comercio internacional con Regímenes Aduaneros Especiales, como herramienta para atraer inversión al país y garantizar al usuario un servicio aduanero de calidad y transparencia.

El superintendente nacional Aduanero y Tributario, José David Cabello Rondón, expresó que los Regímenes Aduaneros Especiales son un conjunto de normas en las que se establece un tratamiento aduanero diferente del régimen aduanero general para las mercancías importadas y exportadas. Asimismo, recordó que estos regímenes fueron creados por el Gobierno Nacional en la búsqueda de beneficiar al empresariado venezolano, a través del sacrificio fiscal que realiza el Estado para favorecer o impulsar la importación y exportación en el país.

“Estas exoneraciones o exenciones se realizan con el objetivo de no encarecer el proceso productivo de las empresas, a los fines de que puedan ofrecer precios competitivos, al no tener que soportar los costos de impuestos que tendrían que incluir en sus productos finales; y así motivarlos a importar y exportar para aumentar la producción, abastecer el mercado nacional con sus productos y a la vez ofrecerlos en los mercados internacionales”, acotó Cabello Rondón.

La máxima autoridad aduanera y tributaria manifestó que en Venezuela existen regímenes de liberación, suspensión y otros regímenes aduaneros especiales, regulados en la Ley Orgánica de Aduanas (LOA) y su Reglamento, cuya misión fundamental es incentivar el desarrollo productivo, así como las importaciones y exportaciones nacionales.

En este sentido, explicó que los regímenes liberatorios son aquellos que tienen que ver con las exoneraciones y exenciones de importación. Los que van en beneficio directo de un importador que, de acuerdo a las reglas económicas que mantenga el Estado, se verá beneficiado de estas liberaciones al momento del ingreso de las mercancías.

TODO DETALLADO

Igualmente, mencionó los regímenes suspensivos tales como la Admisión Personal para Perfeccionamiento Activo (ATPA), la Admisión Temporal Simple, la Exportación Temporal para Perfeccionamiento Pasivo (ETPP) y la Exportación Temporal Simple.

El ATPA permite la introducción de mercancías extranjeras: materias primas, partes y piezas al país, con suspensión del pago de los derechos de importación, para ser reexpedidas después de haber sufrido transformación, combinación, mezcla, rehabilitación, reparación o ensamblaje. La ventaja es que se pueden ofrecer en el exterior productos a precios competitivos porque no se les incluye las cargas impositivas por la nacionalización de la materia prima para la producción. Es un régimen dirigido al exportador habitual, que solo podrá ser utilizado por personas jurídicas domiciliadas en el país.

La Admisión Temporal Simple, según lo establece el artículo 32 del Reglamento de la Ley Orgánica de Aduanas, es el régimen mediante el cual se introducen mercancías al territorio aduanero nacional, con suspensión del pago de los impuestos de importación y otros recargos o impuestos adicionales que fueren aplicables, con una finalidad determinada, a condición de que sean reexpedidas luego de su utilización, sin haber experimentado modificación alguna.

Por su parte, la ETPP permite a las empresas sacar del país bienes de capitales que en su momento fueron nacionalizados pero que por razones específicas no pueden ser reparadas dentro del territorio nacional sino en casa matrices, para luego ser reingresadas al país sin ocasionar el pago de impuestos siempre y cuando no hayan experimentado modificación alguna.

ALTERNATIVAS

La Exportación Temporal Simple permite la salida de mercancías del país por un tiempo limitado y con una finalidad específica, en este régimen no se pagan los impuestos al comercio exterior, pero se deben cumplir las obligaciones en materia de regulaciones y restricciones no arancelarias y formalidades para el despacho de las mercancías destinadas a este régimen.

Dentro de los otros regímenes aduaneros especiales se encuentran la reposición con franquicia arancelaria que permite importar mercancía, sin pago de impuestos de importación, equivalentes a las que ya habiendo sido nacionalizadas fueron utilizadas en la producción de mercancías exportadas previamente, con carácter definitivo.

El Draw back es aquel régimen en el que el productor solicita el reintegro de los impuestos arancelarios gravados a las mercancías utilizadas en el proceso productivo de los bienes a exportar, que hubiesen sido pagados directamente por el exportador o soportado por este en el precio de adquisición de tales mercancías.

Cabello Rondón recalcó al sector exportador que el Seniat, a través de la Intendencia Nacional de Aduanas como unidad ejecutora de la política aduanera nacional, procura el correcto cumplimiento de la normativa en aras de mejorar los procesos aduaneros y el desarrollo industrial en el marco de la construcción de un modelo productivo.

Bajo estos procedimientos, el Seniat refuerza las estrategias establecidas dentro de la Agenda Económica Bolivariana, en el marco de diversificar las fuentes de divisas y obtener un ingreso en dólares diferente al que proporciona la industria petrolera, con el firme propósito de fortalecer el sector exportador del país.

 

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Cortesía de Investing.com

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